Texto de la norma
Dee. No. 3501 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Repcblica Dominicana
NUMERO: 3501
CONSIDERANDO: Que atendiendo las solicitudes de cambio de nombre formuladas a1 Poder Eje-
cutivo por las personas que fipran en la parte dispositiva del presente decreto, las mismas fueron
autorizadas a realizar 10s procedimientos establecidos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil,
de fecha 17 de julio de 1944 y su modificacihn;
CONSIDERANDO: Que en cada cas0 la Junta Central Electoral ha informado no haber recibido
dentro del plazo legal, n i n g h acto de oposicihn a las solicitudes formuladas en tal sentido por 10s in-
teresados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la ley;
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82, y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17
de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5 de la Constitucihn de la Rephblica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- El seiior Pascasio Puente Castillo, queda autorizado a cambiar su nombre por el de
Frank Fdix Puente Castillo.
Articulo 2.- El seiior Charles Densmore Norman Cornelio, queda autorizado a cambiar su nombre
por el de Carlos Norman Cornelio.
Articulo 3.- El seiior Hipblito PCrez Diaz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Jose
Hipblito Pkrez Diaz.
Articulo 4.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines correspondientes.
Articulo 5.- E1 presente decreto se publicari en la Gaceta Oficial y en un diario de circulacibn
nacional.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s
veintiocho (28) dias del mes de noviembre del aiio mil novecientos ochenta y cinco; aiio 142O de la
Independencia y 123O de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANCO
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