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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 20-86

QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE ESTATUTOS DE VARIAS ASOCIACIONES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 ene de 1986fecha
Otrostipo
G. O. 9677Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 20-86 que aprueba la modificación de estatutos de varias asociaciones. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 20-86 VISTAS las instancias que por conducto de la Procuraduría General de la República han elevado al Poder Ejecutivo las asociaciones que se mencionan en la parte dispositiva del presente decreto, en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en sus estatutos, VISTOS los documentos que acompañan dichas instancias; VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520 del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Queda aprobada la modificación de estatutos de la "Asociación de Colonos Azucareros de la Central Quisqueya" que tiene su domicilio en el municipio de Los Llanos, provincia de San Pedro de Macorís, de fecha 11 de diciembre de 1984. Artículo 2.- Queda aprobada la modificación de estatutos de la "Asociación Dominicana de Joyerías, Inc." (ADJ), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, de fecha 27 de julio de 1984. Artículo 3.- Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectúen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociaciones que No Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920. Artículo 4.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y seis (1986), año 142o de la Independencia y 123o de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona