Texto de la norma
Dec. No. 15-86 que concede la nacionalidad dominicana provisional a los menores de edad Sebastián Atilio Antonio y Natacha Antonieta Degaudenzi Cabral.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 15-86
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo la señora Alba María Antonia Cabral Cornero (Peggy), para que les sea concedida la nacionalidad dominicana provisional a sus hijos menores de edad Sebastián Atilio Antonio y Natacha Antonietta Degaudenzi Cabral,
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia,
VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley No. 1683 sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la nacionalidad dominicana provisional en favor de los menores de edad Sebastián Atilio Antonio y Natacha Antonietta Degaudenzi Cabral, nacidos en Buenos Aires, Argentina, en fechas 12 de enero de 1968 y 13 de octubre de 1972, hijos de la señora Alba María Antonia Cabral Cornero (Peggy), de nacionalidad dominicana.
Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho (8) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y seis (1986), año 142° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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