Texto de la norma
Dec. No. 4-86 que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 4-86
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. lll, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No. 821 de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones,
VISTA la Ley del Notariado No. 301 de fecha 18 de junio de 1964, y sus nodificaciones,
VISTA la Ley No. 146 sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones,
VISTA la Ley No. 633 sobre Contadores Públicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere El artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
ABOGADO:
Roberto Leonel Rodríguez Estrella, Francisco Apolinar Reyes Peguero, Moisés Aníbal Arbaje Valenzuela, Luis Sebastián Yépez Suncar, Carmen Badía Sanoja Rizek, Roberto Rubio Sánchez, Luis Marino Arias Ramírez, Rafael Armando Gómez Mora, José Francisco Tejada Núñez, Ernesto Mota Andújar, Juan Antonio González Jiménez, Minda Altagracia Peña Sosa, Altagracia Bienvenida Cabrera Castillo, Olimpia Milagros Méndez Cartagena, Josefina Altagracia Castillo Cabrera y Víctor Díaz Ferreras.
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
José Rafael Castellanos Palma y Rafael Paz Grullón.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN FRANCISCO DE MACORIS:
María Gregoria Guzmán Romero.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN CRISTOBAL:
Arelys Altagracia Pérez Caamaño.
MEDICO:
Alda Amparo Cavallo González, Juan Jorge Chaín Herrera, Rosa Julia Benigna Cruz Vargas, Tomás Belliard Belliard, Germania Guerrero Beltré, Ricardo Iván González Vidal, Manuel Dante Ramírez Ramírez, José Esteban Pérez Pérez, Juan Bautista Antonio Lora Reyes, Licelot de la Altagracia Bonilla González, María Margarita Soriano Martínez, Mohammad Shoaib Ullah, Xiomara Altagracia Perdomo Bruno, Rafael de Jesús Montero De Oleo, Domingo Rodríguez Brito, José Altagracia Mejía Valentín y María Germania Abreu Aquino.
ODONTOLOGO:
Miguel Angel Castro, Juan Manuel García, Vicky Rodríguez, Mario Ricardo Yi Bang, Emmanuela Amparo Mena Calcaño, Carmen Dania de Jesús Linares Félix, Gloria María Altagracia Linares Félix y Judy Nicelia Soto Rojas.
MEDICO VETERINARIO:
Lourdes Ramona Báez Acosta, Rubén Darío Pérez Ferreras y Pedro Leonardo Mercado Méndez.
MEDICO ESTOMATOLOGO:
Amarilis Mercedes del Rosario Pérez, Digna Geovilda Lantigua Lantigua y Ana Petrouschka Muñoz Villanueva.
LICENCIADO EN BIOANALISIS:
Ana Mercedes Pérez Solorin, Aida Milagros Hilario, María del Carmen Sención Trejo, María Altagracia Pineda Gomera, Delia Anaiberca Díaz Cáceres, Mayra Mercedes Lozano Rosario, Ana Isis Mercedes Román Narváez y Baldemira Altagracia Pujols Luciano.
LICENCIADO EN ENFERMERIA:
Ana Victoria Roa Taveras, Irma Marte Aragonez, Aidelis del Carmen Jorge Hernández, Petronila Cuevas Carvajal, Jesús María Bourdier y Eunice Decena Pérez.
LICENCIADO EN FARMACIA:
Angela Piña de León.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Abraham Santiago Peña Peña, Altagracia Luisa Aquino Soto, Patria Pantaleón Pérez, Manuel Ramón Grullón Lora, Domingo Eustaquio Villar Castillo, María Celeste del Rosario Mesquita Muñoz, Rosa Beatriz Hernández de la Nuez, Sergio Guillermo Cabrera de la Cruz, Luis Amado Pozo Dumé, Lourdes Maritza Ciprián Castillo, Gloria Maritza Acevedo Díaz, Juana Margarita Agustina Pérez y Juan José Heredia Castillo.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, a la Secretaría de Estado de Finanzas y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y seis (1986), año 142° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.