jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3545

QUE APRUEBA VARIAS RESOLUCIONES DEL DIRECTORIO DE DESARROLLO INDUSTRIAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
19 dic de 1985fecha
Incentivos, zonas francas y clasificación industrialtipo
G. O. 9676Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3545 que aprueba varias resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3545 CONSIDERANDO: Que las empresas "ALUMINIO RHOMER, C. POR A."; "MUEBLES ESCOLARES Y DOMESTICOS, S. A.", (MEYDSA); "INDUSTRIAS METALICAS, C. POR A.", (INMETAL); "INDUSTRIA DE PRODUCTOS QUIMICOS Y COSMETICOS, C. POR A." (LAFIER); "INDUSTRIAS ASOCIADAS, C. POR A."; "INDUSTRIAS ALONSO, C. POR A.", "FABRICA DE REFRIGERADORES COMERCIALES, C. POR A.", "CASA GARCIA, C. POR A.", (DIVISION INDUSTRIAL); "MATADERO CIBAO, C. POR A.", e "INDUSTRIA CORE, S. A.", han formulado al Departamento Técnico Industrial de la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, sendas solicitudes, para acogerse a los beneficios de la Ley No. 299, sobre Incentivo y Protección Industrial, de fecha 23 de abril de 1968; CONSIDERANDO: Que luego de realizarse los estudios pertinentes de cada una de dichas solicitudes, el Directorio de Desarrollo Industrial dictó las siguientes resoluciones: VISTA la Ley No. 299, de fecha 23 de abril de 1968, sobre Incentivo y Protección Industrial: En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.— Se aprueban las resoluciones del Directorio de Desarrollo Industrial que se mencionan a continuación: 1.- Res. No. 316-85-RC, de fecha 9 de octubre de 1985, mediante la cual se renueva por el término de cuatro (4) años, con efectividad a partir del 13 de junio de 1985, la reclasificación que disfruta la empresa "ALUMINIO RHOMER, C. POR A.", en la Categoría "C". Asimismo, se le concede exoneración en los porcentajes señalados de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas y materiales que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución. 2.- Res. No. 317-85-RC, de fecha 9 de octubre de 1985, mediante la cual se renueva por el término de cuatro (4) años, con efectividad a partir del 5 de agosto de 1985, la reclasificación que disfruta la empresa "MUEBLES ESCOLARES Y DOMESTICOS, S.A.", (MEYDSA), en la Categoría "C". Asimismo, se le concede exoneración en los porcentajes señalados, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución. 3.- Res. No. 318-85-RC, de fecha 9 de octubre de 1985, mediante la cual se renueva por el término de ocho (8) años, a partir del 26 de julio de 1985, la clasificación que disfruta la empresa "INDUSTRIAS METALICAS, C. POR A." (INMETAL), en la Categoría "C". Asimismo, se le concede exoneración en proporción de un 60% de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución. 4.- Res. No. 319-85-RC, de fecha 9 de octubre de 1985, mediante la cual se renueva por el término de cuatro (4) años, a partir del 15 de septiembre de 1985, la reclasificación que disfruta la empresa "INDUSTRIA DE PRODUCTOS QUIMICOS Y COSMETICOS, C. POR A." (LAFIER), en la Categoría "C". Asimismo, se le concede exoneración en proporción de un 70%, de todos los derechos e impuestos de importación y demás gravámenes conexos, incluyendo el arancel, los impuestos unificados y los de consumo interno que incidan sobre las materias primas que se detallan en el Ordinal Segundo de dicha resolución. 5 - Res. No. 320-85-MC, de fecha 9 de octubre de 1985, que modifica las Resoluciones Nos. 219-76-RC, 80-77-MC, 204-77-MC, 302-81-MC, 382-82-MC, 295-84-MC y 176-85-MC, de fechas 23 de noviembre de 1976, 11 de mayo de 1977, 16 de septiembre de 1977, 15 de septiembre de 1981, 20 de diciembre de 1982, 29 de agosto de 1984 y 3 de julio de 1985, respectivamente, para aumentar e incluir por el resto del periodo de la reclasificacibn que disfruta la empresa “INDUS- ‘TRIAS ASOCIADAS, C. POR A,”, en 10s porcentajes seiialados de exoneracibn del pago de 10s derechos e impuestos de importacibn, las materias primas y materiales que se detallan en el Ordinal Primero de dicha resoluci6n. Se modifica+en consecuencia, en cuanto sea necesario,los Decretos Nos. 2805, 2988, 3177, 2968, 2525 y 3304, de fechas 4 de abril de 1977, 26 de julio de 1977, 30 de noviembre de 1977, 3 1 de diciembre de 1981, 25 de febrero de 1983, 22 de noviembre de 1984 y 11 de septiembre de 1985, respectivamente. 6.- Res. No. 321-85-MC, de fecha 9 de octubre de 1985, que modifica la Resoluci6n No. 370- 82-C, de fecha 25 de noviembre de 1982, para aumentar e incluir por el resto del periodo de la cia- sificaci6n que disfruta la empresa “INDUSTRIAS ALONSO, C. POK A.”, en proporcibn de un 60% de exoneracibn del pago-de 10s dcrechos e inipuestos de importacion, las materias primas y materiales que se detallan en el Ordinal Primero de dicha resolucibn. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el Ilecreto No. 761 de fecha 16 de febrcro de 1983. 7.- Res. No. 322--85-MC, de fccha 9 de octubre de 1985, que modifica ias Resoluciones Nos. 330-78-TC, 3 10-79-MC, [registro mercantil], 275-83:MC y 395-84--MC, defechas 29 denoviembre de 1978, 5 de diciembrc de 1979, 13 de abril de 1982, 16 de noviembre tie 1983 y 21 de noviembre de 1984, rcspectivamentc, para aumentar e incluir por el rest0 del periodo de la clasificacibn que dis- fruta la cmprcsa “FABRICA DE KIII~RIGERADORES COMEKCIALES, c. POR A.”, en proportion de un 90% dc cxoneracion del pago de 10s derechos e impucstos de importacibn, las materias primas y materiales quc sc dctallan en el Ordinal Primero de dicha resolucih. Se modifican, en consecuencia, en cuanto sca nccesariqlos Ilecrctos Nos. 693, 1703, 3349, 1783 y 2663, de fechas 29 de noviembre de 1978, 14 de abril de 1980, 9 dc julio de 1980, 6 de febrero de 1984 y 11 de enero de 1985, respecti- vamen te. 8.- Res. No. 323-85-MC, de fecha 9 de octubre de 1985, que modifica las Resoluciones Nos. !54-80-C, 348-80-MC, 26-82-MC, 164-82 -MC y 213-83-MC, de fcchas 4 de septiembre de 1980, 9 de diciembre de 1980, 16 de febrcro dc 1982, 25 de miyo dc 1982 y 28 de septiembre de 1983, respcctivamentc, para: a) AutoriLar a la cmprcca “CASA GARCIA, C. POR A.” (DIVISION INDUSTRIAL), la produccion de cintas para la fabricacibn de zippers, a1 amparo de la clasificaci6n que disfruta, y b) Incluir por el resto del period0 de la clasificacibn que disfruta la referida empresa en proporcibn de un 90% de cxoneracibn del pago de 10s dcrechos e inipuestos de importxion las niate- rias primas y materiala que sc detallm en el Ordinal S e p n d o iic ,lic!ia rcsolucion. Se modifica,en cuantoscaneccsario, 10s Decretoc Nos. 2114, 2293, 3239, 259 v 1637, de fechas 27 de noviembre de 1980, 9 dc marLo dc 1981, 5 de mayo de 1982, 17 de septicnibre de 1982 y 5 de diciembre de 1983, respec tivamente. 9.- Res. No. 324-85-V, de fecha 9 de octubre dc 1985. mediante la cual se aprucba lo siguiente: a) Kctirar la materia prima dcnoniinada “alambrbn”, a las cmpresas que disfrutan tie exoneracibn para la misma, mientras 10s productos de fzbricacion loc-ai llcnen Ias condicicines rcqueridas poi- iz ley; b) En cas0 de requerirsc un aumento de precio del referido “a1:iinl)rbn” deberi scr autorizado por el Directorio de Dcsarrollo Industrial, conformc a la Ley No. 299, y c) Coniunicar esta resolucibn a la Secretaria de Finanzas, asi como a las partes afectadas por la prescntc disposici6n. 203 1 ~ 10.- Res. No. 325-85-TC, de fecha 9 de octubre de 1985, mediante la cual se autoriza el traspaso a favor de la empresa “CARNES CIBAO, C. POR A.”, de la clasificacih con todas sus prerrogdtivas que le fuera otorgada a la empresa “MATADERO CIBAO, C. POR A.”, conforme a la Res. No. 139- 74-4 de fecha 1 de noviembre de 1974. Se modifica, en consecuencia, en cuanto sea necesario, el De- creta No. 528 de fecha 28 de enero de 1975. 11.- Res. No. 326-85-MC, de fecha 9 de octubre de 1985, que modifica las Resoluciones Nos. 234-79-C y 94-84-MC, de fechas 21 de septiembre de 1979 y 14 de marzo de 1984, respectivamen- te, para incluir por el resto del period0 de la clasificacih que disfruta la empresa “INDUSTRIA CORE, S. A.”, en proporcibn de un 90% de exoneration del pago de 10s derechos e impuestos de importacibn, las materias primas que se detallan en el Ordinal Primero de dicha resolucibn. Se modifi; can,en consecuencia, en cuanto sea necesario, 10s Decretos Nos. 1413 y 2023 de fechas 27 de diciem- bre de 1979 y 7 de junio de 1984, respectivamente. Articulo 2.- Enviese a las Secretarias de Estado de Industria y Comercio y de Finanzas, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de Guzmh, Distrito Nacional, Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos ochenta y cinco; ai50 142O de la Independencia y 123 O de la Restauracion. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona