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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3540

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
13 dic de 1985fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9675Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3540 que concede el beneficio de la incorporacion a varias asociaciones. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la Repliblica Dominicana NUMERO: 3540 VISTA la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 5 5 de la Constitucibn de la Repliblica, dicto el siguiente ’ D E C R E T O : Articulo 1.- Se concede el beneficio de la incorporacih a las siguientes asociaciones: a) “Asociaci6n Nacional de Alcaldes y Ex-Alcaldes Pedineos” (ANAEP), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea cele- brada en fecha 15 de noviembre de 1985. b) “Asociacih de Propietarios del Vacacional Playa Linda, Nizao”, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 15 de mayo de 1985. c) “Asociacih de Propietarios en Costambar”, que tiene su domicilio en Puerto Plata, y cuyos esta- tutos fueron aprobados en Asamblea celebrada en fecha 26 de agosto de 1985. Articulo 2.- Dichas incorporaciones serin efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectkn el depbsito y la publicacibn a que se refiere el Articulo 4 de la Ley No. 520, sobre Asociacio- nes que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920. Articulo 2.- Enviese a la Procuraduria General de la RepGblica, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmb, Distrito Nacional, Capital de la Repliblica Dominicana, a 10s trece (13) dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos ochenta y cinco; aiio 142’ de la Inde- pendencia y 123’ de la Kestauracih. SALVADOR JORGE BLANC0

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona