Texto de la norma
Dec. No. 3531 que autoriza una impresión de sellos especiales de Rentas Internas.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3531
VISTA la Ley No. 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
VISTA la Ley No. 196, del 21 de septiembre de 1971;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo Unico. - Se autoriza la siguiente impresión de sellos especiales de Rentas Internas, conforme lo dispone la Ley No. 196, de fecha 21 de septiembre de 1971:
200,000 (doscientos mil) sellos del tipo de RD$2.00, en papel engomado, numerados del 500001 al 700000, color coral.
Estos sellos especiales para el pago del impuesto establecido por la citada Ley No. 196, se harán en tamaño de 28 milímetros de alto por 38 milímetros de largo y tendrán el siguiente diseño: en el centro se destacará el Escudo Nacional; en la parte superior de los sellos se leerán con letras grandes "República Dominicana" y debajo de estas palabras con letras más pequeñas "Poder Judicial"; en la parte inferior de los sellos se leerá "Rentas Internas". En el lado izquierdo del Escudo aparecerán las palabras "Ley No. 196", y en el lado derecho se leerá la fecha de dicha ley en números "21—9—71". En los ángulos superiores derecho e izquierdo de cada sello aparecerá el valor en números: RD$2.00", y en los ángulos inferiores derecho e izquierdo los valores en tales sellos se consignarán en letras "Dos Pesos Oro".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez (10) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142º de la Independencia y 123º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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