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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3475

QUE NOMBRA DEL CONSEJO DE GUERRA DE APELACION DE LAS FUERZA ARMADAS Y LA POLICIA NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 nov de 1985fecha
Designacióntipo
G. O. 9673Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Segundo TenienteDesignaciónFiscalConsejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Segundo Teniente · Fiscal · Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas

    Otros 30 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No.3475 que nombra miembros del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas. SALVADOR JORGE BLANCO Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3475 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- El Capitán de Navío, M. de G., Leonel Vicente Pérez Leonardo, queda designado Juez Primer Sustituto del Presidente del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas en sustitución del Contralmirante, M. de G., Sócrates I. Veras Toribio. Artículo 2.— El Segundo Teniente, E.N., Dr. Germán Alvarez Méndez, queda designado Fiscal del Consejo de Guerra de Apelación de las Fuerzas Armadas en sustitución del Coronel, E.N., Dr. Temístocles Jiménez Moquete. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 123° de la Restauración. SALVADOR JORGE BLANCO

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

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  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona