Texto de la norma
Dec. No. 3388 que otorga exequitur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANC0
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 3388
VISTA la Ley sobre Exequitur de Profesionales, N o . l l l , de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus
modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantia de Midicos Recikn Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967,
y sus modificaciones:
VISTA la Ley No.633, sobre Contadores Publicos Autorizados, de fecha 16 de junio de 1944 y sus
modificaciones;
VISTA la Le); del Notariado No.301, de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organizacion Judicial No.821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modifi-
caciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucih de la RepGblica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se otorga exequitur a las personas seiialadas a continuacibn, para que puedan ejercer
en todo el territorio de la Rep6blica, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y regla-
mentos vigentes:
MEDICO :
Virginia Matilde Abreu Marini, Carmen Jocelyn Peguero Pkrez, Daisy Altagracia Milagros Ventura
Figueroa, Manuel Antonio Duarte GomeL, Azilde Yamilka Canahuate Ruiz, Aurelio Salcedo Reyes,
Josefina Mercedes Comprks Comprks y Andrks Radhamks Laucet Espinal.
ODONTOLOGO :
Nancy Altagracia DurLn Aquino, Giselle Altagracia Hachk Pou y Maria Dominga GonzLlez Medina.
LICENCIADO EN QUIMICA:
Josk Andris Rodriguez y Evangelista Rosario Guzmin de la Cruz.
LICENCIADO EN ENFERMERIA:
Mártires Alberto Pérez y Guadalupe Arias Taveras.
DOCTOR EN ESTOMATOLOGIA:
Socorro Altagracia Ramírez Taveras.
BIOANALISTA:
Felicia María Guzmán Santana, Mélida Deyanira Peña Romero y María Teresa Hernández Pimentel.
CONTADOR PUBLICO AUTORIZADO:
Miladys Guerrero Matos, Adelaida de los Santos Aquino, Pura María Flores Mena, Rosa María Hernández Hiraldo, Lucila Falconerí Colón Alvarez, José Antonio Acosta Taveras, Ambiori Martín de Jesús Popoter Zapata, Miguel Antonio Jiménez Baldera, Modesto Gonzalo Montes De Oca Silva, Rosendo Vicioso Montero, María Cristina Jiménez Contreras, Brígida Oliva de la Cruz Chávez, Angela María Reynoso Santos, Nelson Ramón Díaz Segura, Milagros Berroa Moreno, Grecia Altagracia Almanzar Pérez, Miguel Antonio Cordero de la Cruz, Gil César Guerrero Marte, Acacia Cecilia Altagracia Espinal Pérez, Ivonne Altagracia García Veras, Zunilda de la Cruz Hernández, Nelson Marte Herrera, Aleida Socorro Rafaela García Muñoz, Alfredo Antonio Joga Reyes, José de Jesús Rodríguez Veras, Milena de Jesús Jiménez, Arnulfo de Jesús Rivas Blanco, Cecilia Abreu Collado, Sonia Dinorah de la Cruz Hernández, Alexandra Antonia Aquino Vargas, Cecilia Tejeda Reví, Libanesa Esmeralda Urbáez Beras, Euclides Montes De Oca Silva, Francisca Javiela Gómez Chávez, Evangelina Sánchez Adames, Omar Alejandro Méndez Avilés, Ybelice Luna Robles y Margarita Altagracia Jáquez Hernández.
NOTARIO PUBLICO:
Manuel De Atocha Cabrera Suárez y Angel Antonio Salas de León.
ABOGADO:
Jaime Wilberto Martínez Durán.
Artículo 2.- Envíese al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, a las Secretarías de Estado de Finanzas, Salud Pública y Asistencia Social, a la Procuraduría General de la República y al Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y cinco; año 142° de la Independencia y 123° de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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