Texto de la norma
Dec. No. 582-88 que integra el Directorio del Consejo Nacional de Producción Pecuaria (CONAPROPE).
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 582-88
VISTO el Decreto No.351, de fecha 16 de octubre de 1982, que crea e integra el Consejo Nacional de Producción Pecuaria;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se modifica el Artículo 5 del Decreto No.351, de fecha 16 de octubre de 1982, para que rija de la siguiente manera:
"Artículo 5.- El Directorio del Consejo Nacional de Producción Pecuaria (CONAPROPE), queda integrado por el Secretario de Estado de Agricultura, quien lo presidirá; El Director General de Ganadería, Vice-Presidente; Dr. Otto González, Secretario; Dr. José Miguel de Peña, Secretario Ejecutivo Honorífico; Dr. Osvaldo Brugal, Tesorero; Don Germán Gómez Torres; Dr. Jaime Viñas Román; Dr. Ricardo Barceló; Miguel Eneas Saviñon; Dr. Julio Brache; Don Gregorio Mora; Lic. Alberto Bonetti; Don Natalio Soto; Ing. Leonardo de León; Rolando Martínez; Wilfredo Bautista; Lic. Mario Antonio Alba; Juan Landrón; Ing. Eduardo García Domenech y José Isaac, Vocales."
Artículo 2.- Queda derogado el Decreto No.166-87 de fecha 31 de marzo de 1987.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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