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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 579-88

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 dic de 1988fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9750Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 579-88 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 579-88 VISTA la Ley No.520 del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1.- Junta de Vecinos "Proyecto 27 de Febrero", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 21 de septiembre de 1988. 2.- Asociación "Fundación Educacional de los Boleros de Tenis de La...", que tiene su domicilio en la provincia de La Romana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de octubre de 1988. 3.- Promoción Apec de la Mujer, (APROMAPEC), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 10 de octubre de 1988. 4.- Asociación de Comerciantes Unidos de Las Palmas Herrera (CUNILPA), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 1ro. de agosto de 1988. 5.- Fundación de Tecnología y Sistema (FUNDA TESIS), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 9 de noviembre de 1988. 6.- Asociación de Maimoneros Ausentes de Puerto Plata, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de febrero de 1985. 7.- Asociación Dominicana de Zonas Francas, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 9 de agosto de 1988. 8.- Fundación para la Defensa y Desarrollo de Miches, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 14 de octubre de 1988. 9.- Asociación "La casa del Dragón", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 28 de octubre de 1988. 10.- Asociación Dominicana de Agentes Inmobiliarios, (ADAI), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 21 de octubre de 1987. 11.- Asociación de Comerciantes Progresistas del Distrito Nacional (ACP) que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 7 de noviembre de 1988. 12.- Asociación de Fabricantes de Ventanas de Vidrio y Alumini (ASOFAVA), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distri Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 16 julio de 1988. 13.- Sociedad para el Desarrollo Integral de la Zurza (SODIFUR), tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuy estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 6 de mayo de 1988. 14.- Fundación Dominicana de Ayuda a los Necesitados, que tiene domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatut fueron aprobados en asamblea celebrada el 30 de octubre de 1988. 15.- Asociación Ministerio Acordaos de los Presos, que tiene su domici en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fue aprobados en asamblea celebrada el 11 de agosto de 1988. 16.- Cámara de Comercio Domínico-Belga, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 21 de julio de 1988. 17.- Iglesia Pentecostal Milagros de Jesucristo, que tiene su domicilio en Guaraguao, Limón del Yuna, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 12 de octubre de 1988. 18.- Asociación de Ensayos no Destructivos (ADENDE), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 27 de marzo de 1988. 19.- Grupo Nuevarquitectura, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 15 de agosto de 1988. Artículo 2.- Se modifica el Acápite 8, del Decreto No.454 del 26 de septiembre de 1988, para que en lo adelante diga de la manera siguiente: "8) Asociación Intercontinental, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el 17 de junio de 1988". Artículo 3.- Se autoriza la modificación de estatutos de la Asociación de Pequeñas y Medianas Empresas Inc., (APYME), aprobados en asamblea celebrada el 2 de septiembre de 1988. Artículo 4.- Dichas incorporaciones y modificaciones de estatutos serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectúen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Artículo 5.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER No. 580-88 que otorga exequátur al Lic. Rubén Joaquín Goico Rodríguez, para ejercer de Abogado.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona