Texto de la norma
Dec. No. 568-88 que autoriza una emisión de sellos para el uso del Servicio Consular Rentado.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 568-88
VISTA la Ley No. 246l, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente emisión de sellos para el uso de Servicio Consular Rentado,
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$1.00 numerados del 675001 al 975000, color azul, en papel especial engomado, con fibras de seda azul y rojo, de 50 libras.
300,000 (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$5.00 numerados del 001 al 300000, color azul, en papel especial engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$9.00 numerados del 300001 al 500000, color azul, en papel especial engomado, con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
La impresión de estos tipos de sellos se hará con el mismo tamaño y diseño utilizado en las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y ocho, año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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