Texto de la norma
Dec. No. 525-88 que otorga exequátur a varios profesionales.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 525-88
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No.lll, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Organización Judicial No.821, de fecha 21 de noviembre de 1927, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No.4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el Párrafo del Artículo 6 de la Ley No.4249 del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la Pasantía Profesional de los Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores.
VISTA la Ley sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados No.146, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes.
ABOGADO:
José Ramón Bueno Payano, Loida García Adames, Santa Martínez Soto, Isidro Manuel Abréu Cáceres, Josefina del Rosario Gómez Hurtado, Dilcia Elecinda Mercedes Martínez, Aurelina Altagracia Pachano Santana, Cristiana de los Angeles Bravo Cotes, Mayra Sánchez Sánchez, Tamara Francisca Peña Jerez, Mercedes Marina Otero Jiminián, Ysrael Pacheco Varela, César Armando Sánchez
Sosa, Sandra Erminda Pineda Mesa, Fernando Moranta Moronta, Práxedes María Inmaculada Hernández Domínguez, Ramón Castro Ruíz, Prado Antonio López Cornielle, Arturo José Octaviano Cuello Féliz, Roberto Cecilio Gastón Víctor, Francis Elizabeth Silvestre Ubiera, Aurelyn Altagracià Santana Fortuna, Bernardo Aurelio Fernández Delgado, Lorenzo Esteban Adames, Ysaura Herminia Nivar Alemán, Whuanda Medina, Rubén Manuel Matos Suárez, Isabel Rivas Ramírez, Cristina Julia Mercedes Gómez Fermín, Lucy Marilis Marty Peralta, y Ana Celis Rivas Batista.
AGRIMENSOR:
Fermín Antonio Espinal Rodríguez, Pedro Antonio Flores Villalona, y Nerys de los Angeles Soto Féliz.
ARQUITECTO:
Clara Matilde More Guaschino, Domingo Gatón Reyes, y Héctor Antonio Mejía Pou.
INGENIERO AGRONOMO:
Nelson Antonio Guzmán González.
INGENIERO AGRONOMO CONCENTRACION ADMINISTRACION DE AGROEMPRESA:
Nelson Rafael Sosa Gómez.
INGENIERO CIVIL:
Virgilio Francisco Rodríguez González, Bishara Farid Mufdy, Simón Bolivar Disla Then, Edwuin de Jesús Cabrera Martínez, y Aida del Carmen Concepción María.
INGENIERO CIVIL AREA EDIFICACIONES:
José Altagracia Antonio Valdez Suero, Víctor Ramón Martínez Durán, y Jorge Adalberto Jerez Espinal.
INGENIERO CIVIL AREA HIDRAULICA Y SANITARIA:
Carlos Arturo Félix Díaz.
INGENIERO CIVIL AREA VIAS Y TRANSPORTE:
José Romeo Díaz Ozuna, Helías María Guerrero Reyes, y Andrés Oscar Zamora Muñoz.
INGENIERO ELECTRICO:
Marcos Eduardo de Jesús Mejía Guerrero.
INGENIERO GEOLOGO Y DE MINAS:
Julio Ernesto Espaillat Lamarche, y Héctor Joaquín Díaz Méndez.
INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA:
Miguel Angel Vásquez Urbáez, y Luis Alejo Yván Chestaro Collado.
INGENIERO QUIMICO TECNOLOGO Y MASTER EN CIENCIAS DE INGENIERIA:
Rafael Melanio Then Tejada, y Samuel López Salcié.
LICENCIADO EN FARMACIA:
Luisa Elizabeth de las Mercedes Pérez Polanco.
LICENCIADO EN PSICOLOGIA:
Juan Rafael Guerrero Castro.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, a la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, y al Consejo Nacional de Educación, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve (9) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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