Texto de la norma
Dec. No. 509-88 que autoriza a varias compañías extranjeras a adquirir inmuebles en el país.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 509-88
VISTA la solicitud que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo la empresa señalada en la parte dispositiva del presente Decreto:
VISTO el Decreto No.2543, del 22 de marzo de 1945, sobre Adquisición de Inmuebles por Extranjeros, modificado por el Decreto No.860 del 8 de marzo de 1983,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza a la Compañía "Hiroshima Toyo Carp", para que en su condición de extranjera pueda adquirir los inmuebles que se describen por los precios que se consignan:
1.- De la DOMINGA MERCEDES VDA. ABRAHAM E HIJOS, C. por A., sociedad comercial constituída de acuerdo con las leyes dominicanas, por el precio de RD$4,235,871.42 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UN PESOS DOMINICANOS CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS), varias porciones de terreno con una extensión superficial de 223,058.00 (doscientos veintitres mil cincuenta y ocho) metros cuadrados, las cuales se detallan a continuación:
a) Solares Nos.6 (seis), de 642.75 metros cuadrados; 7 (siete) de 585.61 metros cuadrados; 8 (ocho), de 647.61 metros cuadrados; 9 (nueve), de 1,.016.64 metros cuadrados; 10 (diez), de 1,973.64 metros cuadrados; ll (once), de 1,864 metros cuadrados; 12 (doce), de 1,627.50 metros cuadrados; 13 (trece), de 1,505.94 metros cuadrados; 14 (catorce), de 1,176.99 metros cuadrados; 15 (quince), de 1,049.41 metros cuadrados; 16 (dieciséis), de 1,087.63 metros cuadrados; 17 (diecisiete), de 1,000.80 metros cuadrados; 18 (dieciocho), de 1,150.33 metros cuadrados; 19 (diecinueve), de 1,505.96 metros cuadrados; 20 (veinte), de 2,166.42 metros cuadrados; 21 (veintiuno), de 1,500.00 metros cuadrados; 22 (veintidós), de 980.00 metros cuadrados; 23 (veintitrés), de 980.00 metros cuadrados; 24 (veinticuatro), de 1,957.67 metros cuadrados; 25 (veinticinco), de 1,196.10 metros cuadrados; 26 (veintiséis), de 820.46 metros cuadrados; 27 (veintisiete), de 2,550.13 metros cuadrados; 29 (veintinueve), de 1,609.54 metros cuadrados; 30 (treinta), de 1,495.94 metros cuadrados; 31 (treinta y uno), de 2,770.25 metros cuadrados; 32 (treinta y dos), de 1,747.83 metros cuadrados; 33 (treinta y tres), de 1,837.37 metros cuadrados; 34 (treinta y cuatro), de 1,974.70 metros cuadrados; 35 (treinta y cinco), de 3,160.81 metros cuadrados; 36 (treinta y seis), de 1,303.31 metros cuadrados; 37 (treinta y siete), de 973.65 metros cuadrados; 38 (treinta y ocho), de 875.00 metros cuadrados; 39 (treinta y nueve), de 875.00 metros cuadrados; 40 (cuarenta), de 875.00 metros cuadrados; 41 (cuarenta y uno), de 875.00 metros cuadrados; 42 (cuarenta y dos), de 1,280.29 metros cuadrados; 43 (cuarenta y tres), de 1,325.51 metros cuadrados; 44 (cuarenta y cuatro), de 1,005.25 metros cuadrados; 45 (cuarenta y cinco), de 2,758.66 metros cuadrados; 46 (cuarenta y seis), de 2,072.05 metros cuadrados; 47 (cuarenta y siete), de 1,235.81 metros cuadrados; 48 (cuarenta y ocho), de 1,173.61 metros cuadrados; 49 (cuarenta y nueve), de 1,077.99 metros cuadrados; y 50 (cincuenta), de 1,308.15 metros cuadrados; todos dentro de la Manzana No. 422 (cuatrocientos veintidós), del Distrito Catastral No.l (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
b) Solares Nos.l (uno), de 1,034.79 metros cuadrados; 2 (dos), de 946.21 metros cuadrados; 3 (tres), de 980.08 metros cuadrados; 4 (cuatro), de 1,013.96 metros cuadrados; 6 (seis), de 1,051.79 metros cuadrados; 7 (siete), de 998.47 metros cuadrados; 8 (ocho), de 994.15 metros cuadrados; 9 (nueve), de 997.96 metros cuadrados; todos de la Manzana No. 423 (cuatrocientos veintitrés), del Distrito Catastral No.l (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
c) Solares Nos.l (uno), de 900.00 metros cuadrados; 2 (dos), de 1,125.00 metros cuadrados; 3 (tres), de 862.50 metros cuadrados; 4 (cuatro), de 862.50 metros cuadrados; 5 (cinco), de 862.50 metros cuadrados; 6 (seis), de 1,645.31 metros cuadrados; 7 (siete), de 948.19 metros cuadrados; 8 (ocho), de 937.50 metros cuadrados; 9 (nueve), de 937.50 metros cuadrados; 10 (diez), de 937.50 metros cuadrados; y ll (once), de 937.50 metros cuadrados; todos de la Manzana No. 424 (cuatrocientos veinticuatro), del Distrito Catastral No.l (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
d) Solares Nos.1 (uno), de 1,360.00 metros cuadrados; 2 (dos), de 960.00 metros cuadrados; 3 (tres), de 960.00 metros cuadrados; 4 (cuatro), de 960.00 metros cuadrados; 5 (cinco), de 960.00 metros cuadrados; 6 (seis), de 1,311.91 metros cuadrados; 7 (siete), de 1,153.27 metros cuadrados; 8 (ocho), de 960.00 metros cuadrados; 9 (nueve), de 1,384.80 metros cuadrados; 10 (diez), de 1,307.72 metros cuadrados; 11 (once), de 773.84 metros cuadrados; 12 (doce), de 936.83 metros cuadrados; 13 (trece), de 1,147.67 metros cuadrados; 14 (catorce), de 1,040 metros cuadrados; 15 (quince), de 1,040.00 metros cuadrados; 16 (dieciséis), de 1,040.00 metros cuadrados; 17 (diecisiete), de 1,040.00 metros cuadrados; y 18 (dieciocho), de 1,575.25 metros cuadrados; todos de la Manzana No. 425 (cuatrocientos veinticinco), del Distrito Catastral No.1 (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
e) Solares Nos.1 (uno), de 1,576.25 metros cuadrados; 2 (dos), de 1,040.00 metros cuadrados; 3 (tres), de 1,040.00 metros cuadrados; 4 (cuatro), de 960.00 metros cuadrados; 5 (cinco), de 960.00 metros cuadrados; 6 (seis), de 1,185.09 metros cuadrados; 7 (siete), de 1,247.26 metros cuadrados; 8 (ocho), de 988.00 metros cuadrados; 9 (nueve), de 988.00 metros cuadrados; 10 (diez), de 912.00 metros cuadrados; 11 (once), de 912.00 metros cuadrados; 12 (doce), de 1,434.74 metros cuadrados; 13 (trece), de 835.26 metros cuadrados; 14 (catorce), de 636.61 metros cuadrados; 15 (quince), de 636.61 metros cuadrados; 16 (dieciséis), de 636.61 metros cuadrados; 17 (diecisiete), de 636.61 metros cuadrados; 18 (dieciocho), de 636.81 metros cuadrados; 19 (diecinueve), de 653.94 metros cuadrados; 20 (veinte), de 532.07 metros cuadrados; 21 (veinte y uno), de 578.37 metros cuadradois, 22 (veintidos), de 600.00 metros cuadrados; 23 (veinte y tres), de 600.00 metros cuadrados; 24 (veinte y cuatro), de 600.00 metros cuadrados; 25 (veinte y cinco), de 600.00 metros cuadrados; 26 (veinte y seis), de 600.00 metros cuadrados; 27 (veinte y siete), de 600.00 metros cuadrados; y 28 (veinte y ocho), de 890.00 metros cuadrados; todos de la Manzana No. 426 (cuatrocientos veinti y seis), del Distrito Catastral No.1 (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
f) Solares Nos.1 (uno), de 1,008.00 metros cuadrados; 2 (dos), de 960.00 metros cuadrados; 3 (tres), de 960.00 metros cuadrados; 4 (cuatro), de 960.00 metros cuadrados; 5 (cinco), de 1,176.03 metros cuadrados; 6 (seis) de 630.00 metros cuadrados; una parte del 28 (veinte y ocho), de 282.00 metros cuadrados; 29 (veinte y nueve), de 1,051.21 metros cuadrados; 30 (treinta), de 600.00 metros cuadrados; y 31 (treinta y uno), de 900.00 metros cuadrados; todos de la Manzana No. 458 (cuatrocientos cincuenta y ocho), del Distrito Catastral No.1 (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
g) Solares Nos.1 (uno), de 1,058.40 metros cuadrados; 2 (dos), de 1,080.00 metros cuadrados; 3 (tres), de 960.00 metros cuadrados; 4 (cuatro), de 960.00 metros cuadrados; 5 (cinco), de 960.00 metros cuadrados; 6 (seis), de 960.00 metros cuadrados; 7 (siete), de 960.00 metros cuadrados; 8 (ocho), de 960.00 metros cuadrados; 9 (nueve), de 960.00 metros cuadrados; 10 (diez), de 1,176.00 metros cuadrados; 11 (once), de 1,176.00 metros cuadrados; 12 (doce),
de 940.80 metros cuadrados, 13 (trece), de 940.80 metros cuadrados, 14 (catorce), de 940.80 metros cuadrados, 15 (quince), de 940.80 metros cuadrados, 16 (dieciséis), de 940.80 metros cuadrados, 17 (diecisiete), de 940.80 metros cuadrados, y 18 (dieciocho), de 940.80 metros cuadrados, todos de la Manzana No. 459 (cuatrocientos cincuenta y nueve), del Distrito Catastral No.l (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
h) Manzana No. 460 (cuatrocientos sesenta), del Distrito Catastral No.l (uno), del municipio de San Pedro de Macorís, con una extensión superficial de 12,960.00 metros cuadrados.
i) Solares Nos.l (uno), de 1,125.00 metros cuadrados, 2 (dos), de 1,125.00 metros cuadrados, 3 (tres), de 900.00 metros cuadrados, 4 (cuatro), de 900.00 metros cuadrados, 5 (cinco), de 900.00 metros cuadrados, 6 (seis) de 900.00 metros cuadrados, 7 (siete), de 900.00 metros cuadrados, 8 (ocho) de 1,125.00 metros cuadrados, 10 (diez), de 900.00 metros cuadrados, ll (once) de 900.00 metros cuadrados, 12 (doce), de 900.00 metros cuadrados, l3 (trece) de 900.00 metros cuadrados, 14 (catorce), de 900.00 metros cuadrados, todos de la Manzana No. 462 (cuatrocientos sesenta y dos), del Distrito Catastral No.l (uno), del municipio de San Pedro de Macorís.
j) Solares Nos. 1 (uno), de 975.00 metros cuadrados, 2 (dos), de 975.00 metros cuadrados, 3 (tres), de 937.50 metros cuadrados, 4 (cuatro), de 937.50 metros cuadrados, 5 (cinco), de 937.50 metros cuadrados, 6 (seis), de 937.50 metros cuadrados, 7 (siete), de 937.50 metros cuadrados, 8 (ocho), de 937.50 metros cuadrados, 9 (nueve), de 937.50 metros cuadrados, y 10 (diez), de 937.50 metros cuadrados, todos de la manzana No. 462 (cuatrocientos sesenta y dos), del Distrito Catastral No. 1, del municipio de San Pedro de Macorís.
k) Toda la extensión destinada a calles que se encuentran en el área de los solares indicados y que tiene una extensión de 33,934.33 metros cuadrados.
2.- De la Compañía Anónima de Inversiones Inmobiliarias, S.A., por el precio de RD$960.875.01 (NOVECIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS CON UN CENTAVO), una porción de terreno con una extensión superficial de 50,599.00 (cincuenta mil quinientos noventa y nueve) metros cuadrados, dentro de la parcela No.77, del Distrito Catastral No.16/4ta., del municipio de San Pedro de Macorís.
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y ocho, año 145° de la Independencia y 126° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.