Texto de la norma
D E C R E T 01
Articulo 1.- Se declara de utilidad pGblica e inter& social, para ser
destinada a l a instalacidn del Campamento y A r e a de Produccidn denominada
Valdesia, l a Parcela No.
5, del Distrito Catastral No.
21 de l a Provincia de
San Cristdbal, as:
como una porcidn de l a Parcela No.
6 del mismo Distrito
Catastral, provincia de San Cristdbal.
Articulo
2.-
En
cas0 de
llegarse a
un
acuerdo
amigable
con
10s
propietarios de 10s inmuebles precedentes indicados para su compra de grado a
grado por e l Estado Dominicano, e l Administrador General de Bienes Nacionales
realizar6 todos 10s actos, procedimientos y recursos, tantos ordinarios como
extraordinarios, de acuerdo con l a s leyes, para obtener l a expropiacidn de 10s
mismos.
Articulo 3.- Se declara de urgencia que e l Estado Dominicano entre en
posesi6n de 10s mencionados inmuebles, a f i n de que se puedan i n i c i a r de
inmediato en 10s mismos,
10s trabajos seEalados luego de cumplidos 10s
requisitos legales.
Articulo 4.-
L a entrada en posesidn por e l Estado Dominicano de 10s
mencionados inmuebles, serd ejecutada por e l Abogado del Estado, por tratarse
de inmuebles registrados.
Articulo 5.-
Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, a1
Abogado del Estado y a1 Director General de l a Corporacidn del Acueducto y
Alcantarillado de Santo Domingo (CAASD), para 10s f i n e s correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmdn,
Distrito Nacional,
Capital de la
RepGblica Dominicana, a 10s veintitrgs (23) dlas del mes de septiembre del aiio
m i l novecientos ochehta y ochor a?io 145O de l a Independencia y 126O de l a
Restauracidn.
JOAQUIN BALAGUER
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la RepGblica Dominicana
NUMEROr 447-88
CONSIDERANDO:
Que las personas que figuran en l a parte dispositiva del
presente Decreto, habian sido autorizadas por e l Poder Ejecutivo a realizar
10s procedimientos que para cambios de nombres establece l a Ley No.659, sobre
Actos del Estado Civil, del 1 7 de Julio de 1944, y sus modificacionesr
CONSIDERANDOr
Que
l a Junta Central Electoral, ha infonnado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningiin acto de oposici6n a l a s solicitudes
formuladas en t a l sentido por 10s interesadosr
CONSIDERANDOr
Que han sido cumplidas todas l a s formalidades requeridas
por l a Ley1
4 /I
\\
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82, y 83 de l a Ley No.659, sobre Actos del
Estado C i v i l , del 1 7 de julio de 19441
En ejercicio de las atribuciones que me
confiere e l Articulo 55 de l a
Constituci6n de l a Repiiblica,
D E C R E T O a
Articulo 1.- E l sefior Isabel Dotel Beltrd, queda autorizado a cambiar su
nombre por e l de Juan Carlos Dotel Beltrd.
Articulo 2.-
E l sefior Juan Joseito Altagracia GalvSn Garcia,
queda
autorizado a cambiar su nombre por e l de Juan Jose Galv6n Garcia.
Articulo 3. - E l sefior Bernard0 GuzmSn Ventura, queda . autorizado a cambiar
su nombre por e l de Fernando Guzmdn Ventura.
Articulo 4.-
El sefior Ram&
Soto Then, queda autorizado a cambiar su
nombre por e l de Ram&
Adolfo Soto Then.
Articulo 5.- La sefiora R i t a Ondina Alvarez, queda autorizada a cambiar su
nombre por e l de Ana Rita Alvarez.
Artkulo 6.-
E l sefior Ram&
J3milio Santana Carnacho, queda autorizado a
cambiar su nombre por e l de Otilio Santana Camacho.
Articulo 7.-
La seirora Juana Lourdes Bergds Marchena, queda autorizada a
cambiar su nombre por e l de Jenny Bergds Marchena.
Artkulo 8.-
E l seiror Loreto Echavarria Herrera,
queda autorizado a
cambiar su nombre por e l de Victor Echavarria Herrera.
,
Articulo 9.-
E l sefior Ram&
Antonio Rodriguez Herndndez, queda autorizado
I
a cambiar su nombre por e l de Ram& Rodrzguez Hern6ndez.
Articulo 10.-
La seRora Mercedes Jimenez Tejada,
queda autorizada a
cambiar su nombre por e l de Celeste Jimgnez Tejada.
Articulo 11.- Enviese a l a Junta Central Electoral, 'para 10s fines
correspondientes.
Articulo 12.-
E l presente Decreto se publicar6 en la Gaceta Oficial y en
un diario de circulaci6n nacional.
DADO
en 'Santo Doming0 de Guzmgn,
Distrito Nacional,
Capital de l a
RepGblica Dominicana, a 10s v e i n t i t r i s (23) dias del mes de septiembre del afio
mil novecientos ochenta y ochor afio 145O de l a Independencia y 126O de l a
Restauracign.
JOAQUIN BALAGUER
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la RepGblica Dominicana
NUMEROr 448-88
VISTA la Ley sobre sobre Especies Timbradas No.2461, del 18 de julio de
1950)
En ejercicio de las atribuciones que me confiere e l Articulo 55 de la
Constituci6n de l a RepGblica,
D E C R E T O i
Articulo 1.- Se autoriza l a siguiente emisi6n de sellos postales para e l
franqueo de la correspondencia, de acuerdo con l a s disposiciones siguientess
DENOMINACION
t
Reforestaci6n Nacional
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.