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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1230-86-453

que dispone el traslado al Panteón Nacional, de los restos mortales de la heroína Concepción Bona, que yacen en el antiguo cementerio de la Avenida Independencia

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
6 dic de 1986fecha
Designacióntipo
G. O. 9700Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Bellas Artes y CultosMiembro de un órganoy por los señores Manuel de Jesús Goico Castro
Virgilio HoepelmanMiembro de un órgano—
Manuel de Jesús Mañón ArredondoMiembro de un órgano—
Altagracia Gómez LarrauriMiembro de un órganobiznieta de la patricia Concepción Bona

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1230-86-453 que dispone el traslado al Panteón Nacional, de los restos mortales de la heroína Concepción Bona, que yacen en el antiguo cementerio de la Avenida Independencia. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1230-86-453 CONSIDERANDO: Que en esta fecha se celebra un aniversario más del nacimiento de la heroína Concepción Bona, quien fuera figura relevante en las luchas por nuestra Independencia, CONSIDERANDO: Que es propicia la ocasión para realizar un acto de justiciero homenaje de respeto y veneración a esta valiente mujer que expuso su vida en la gloriosa gesta que forjó la nacionalidad dominicana, CONSIDERANDO: Que la Ley No. 4463, de fecha 2 de junio de 1956, autoriza al Poder Ejecutivo a disponer, cuando lo juzgue oportuno, el traslado al Panteón Nacional de los restos de los dominicanos ilustres que reciban el tributo de veneración reservado por la Patria a sus grandes héroes, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se dispone el traslado, a una urna especial en el Panteón Nacional, de los restos de la hoerina Concepción Bona, que yacen en el antiguo cementerio de la Avenida Independencia, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán. Artículo 2.- Se designa una Comisión integrada por el Presidente de la Academia Dominicana de la Historia, quien la presidirá, un representante de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, un representante de la Secretaría de Estado de Interior y Policía, un representante de la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos, y por los señores Manuel de Jesús Goico Castro, Dr. Virgilio Hoepelman, Dr. Manuel de Jesús Mañón Arredondo y Altagracia Gómez Larrauri, biznieta de la patricia Concepción Bona, que tendrá a su cargo la fijación de la fecha en que se efectuará la exhumación y traslado de los restos de la heroína al Panteón Nacional y la preparación de todos los actos relativos a dicha ceremonia. Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de las Fuerzas Armadas, de Interior y Policía y de Educación, Bellas Artes y Cultos, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis (6) días del mes de diciembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona