Texto de la norma
Dec. No. 1191-86-414 que crea una Subconsultoría de Aduana en el Puerto de Andrés, Boca Chica.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1191-86-414
CONSIDERANDO: Que se ha incrementado el movimiento de embarque y desembarque de mercancías a través del Puerto de Andrés, Boca Chica, lo que ha producido un aumento en el flujo de expedientes relativos al retiro de cargas del mismo, por lo que procede adoptar los mecanismos necesarios para facilitar la salida de las Aduanas de las mercaderías depositadas en dicho Puerto, en beneficio del sector importador;
VISTA la Ley No. 3489 para que el Régimen de las Aduanas, de fecha 14 de febrero de 1953;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se crea una Subcolecturía de Aduana en el Puerto de Andrés, Boca Chica, Distrito Nacional.
Artículo 2.- La Dirección General de Aduanas deberá aportar el personal administrativo y técnico necesario para el funcionamiento de la oficina creada mediante el presente Decreto, utilizando empleados que en la actualidad laboren en dicho organismo, sin la creación de cargos adicionales, evitando que se afecte el ritmo normal de actividades de las aduanas.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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