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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1153-86-37

QUE INTEGRA LA JUNTA DIRECTIVA DE LA OFICINA NACIONAL DE TRANSPORTE TERRESTRE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 nov de 1986fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 9698Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Artículo 5.- La Comisión Permanente queda facultada para crear subcomisiones de trabajo con el propósito de dar cumplimiento a sus altos objetivos, debiendo remitir al Poder Ejecutivo informes anuales, relativos a su gestión. Artículo 6.- Quedan derogados los Decretos No. 2973 del 7 de enero de 1982, No. 1417 del 15 de septiembre de 1983, y No. 2570 del 7 de diciembre de 1984, y cualquier otro Decreto o Reglamento que sea contrario a las presentes disposiciones. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1153-86-376 que integra la Junta Directiva de la Oficina Nacional de Transporte Terrestre. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1153-86-376 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- La Junta Directiva de la Oficina Nacional de Transporte Terrestre (ONATRATE), creada mediante el Decreto No. 2353, de fecha lro. de abril de 1981, queda integrada de la siguiente manera: Arq. Eduardo Rosas Aristy, Presidente; Arq. Rafael Tomás Hernández, Vicepresidente; Sr. Luis A. Bobadilla, Secretario y el Director de la Oficina Nacional de Transporte Terrestre, Miembro Ex-Oficio. Artículo 2.- Este Decreto deroga y sustituye el Decreto No. 88 del 23 de agosto de 1986 y cualquier otro Decreto o Reglamento que le sea contrario. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de noviembre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona