Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.
Texto de la norma
VISTA la Ley del Notariado No. 301 de fecha 18 de junio de 1964, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, las funciones del Notario Público, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
NOTARIO PUBLICO DEL DISTRITO NACIONAL:
Mercedes Agustina García Hereaux, Manuel De Jesús Perdomo Duarte, Enedina Altagracia Córdova Antón, Yudith Milagros Thomas, Patricia Vásquez Pilar, Fernando Ramírez, Francisco Apolinar Reyes Peguero, Perfecto Ceballos Castillo.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE LA VEGA:
Leocadio Lora Peñaló.
NOTARIO PUBLICO DEL MUNICIPIO DE SAN PEDRO DE MACORIS:
Rosalinda Richiez Castro.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1117-86-340 que otorga exequátur a varios profesionales.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1117-86-340
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111 de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,
VISTA la Ley No. 146 sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
PSICOLOGO:
Atenas Féliz Alba.
ODONTOLOGO:
Pedro Antonio Fernández León, Federico De las Heras Rivas, Rafael Bermudo Añino, José Francisco García Castro, Jaime Inglés Prat, Miguel Angel González Sánchez, Juan Tomás Sosa Cruz, Luz Adoración Alvarez Galán, María Luz Huerta Fernández, Germán Porras Blanco, Domingo González Cánovas, María Lucía Bernal Leonor, Nina Rosario, Alfonso Gajate Valverde, Manuel Fuentes Candelas y Edgar Ramiro Montalvo Avila.
ESTOMATOLOGO:
José Alejandro Salcedo Matos y María del Carmen Abud Mesa.
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, y el Consejo Nacional de Educación Superior, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1118-86-341 que aprueba las modificaciones de estatutos de varias asociaciones.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1118-86-341
VISTAS la instancias que por conducto de la Procuraduría General de la República han elevado al Poder Ejecutivo las asociaciones que se mencionan en la parte dispositiva del presente Decreto, en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en sus estatutos,
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.