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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1101-86-32

QUE CONCEDE AL EXCELENTISIMO SEÑOR LIC. EUGENIO CASTRO CLARAMOUNT, EMBAJADOR EXTRAORDINARIO Y PLENIP...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 oct de 1986fecha
Designacióntipo
G. O. 9697Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Artículo 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Jefatura de la Policía Nacional, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1101-86-324 que concede al Excelentísimo Señor Lic. Eugenio Castro Claramount, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Honduras en el país, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Gran Cruz Placa de Plata. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1101-86-324 CONSIDERANDO: Los altos merecimientos del Excelentísimo Señor Lic. Eugenio Castro Claramount, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Honduras en la República Dominicana por más de dos años; CONSIDERANDO: Que durante el ejercicio de sus funciones el Excelentísimo Señor Lic. Eugenio Castro Claramount, con marcada dedicación hizo que se acrecentaran los vínculos entre la República Dominicana y Honduras; VISTA la Ley 1113 del 26 de mayo de 1936 y sus modificaciones; OIDO el parecer del Consejo de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: Artículo 1.- Se concede al Excelentísimo Señor Lic. Eugenio Castro Claramount, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Honduras en la República Dominicana, la condecoración de la Orden del Mérito de Duarte, Sánchez y Mella, en el grado de Gran Cruz Placa de Plata. Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. 1102-86-325 que nombra varios funcionarios en la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1102-86-325 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- La Ing. Mireya V. de Guillermo, queda designada Directora General de Normas, Reglamentos y Sistemas de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Jacques Levy. Artículo 2.- El Ing. Buenaventura García Mateo, queda designado Director General de Caminos Vecinales de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Ing. Luis de la Cruz Ariza. Artículo 3.- El Ing. Francisco Sánchez Peña, queda designado Subdirector General de Normas, Reglamentos y Sistemas de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución del Arq. Virgilio Dalmau M. Artículo 4.- El Arq. Vicente Tolentino Dipp, queda designado Director de Diseño de Edificaciones de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones. Artículo 5.- El Ing. Alfredo Cross Frías, queda designado Subdirector General de Tránsito Terrestre de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones, en sustitución de José Antonio Valera Benítez. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143° de la Independencia y 124° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona