jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1097-86-32

ESTABLECE QUE LA PESCA, CAPTURA, CONFIRNAMIENTO Y COMERCIALIZACION DE INVERTEBRADOS ACUATICOS, ESTAR...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 oct de 1986fecha
Otrostipo
G. O. 9696Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Es el texto de la página de la Colección de Leyes donde se publicó: puede incluir el final de la norma anterior y el comienzo de la siguiente.

Texto de la norma
Artlculo 2.- E s t e Santuario estarh situado en e l Banco de l a Plata en la C o s t a Norte de la RepGblica Dominicana, a unos 140 Kms. de Puerto Plata, y SUB l i m i t e s se encuentran en e l cuadrante geogrhfico 20°12' 20" Latitud N o r t e , 69O 21' 70" Lbngitud Oeste. E l Santuario incluye l a s aguas del fondo del ocgano y e l espacio dentro de 10s l l m i t e s anteriormente mencionado, con una extensi6n aproximada de 3,740 Kms2. ' Dentro del hrea del Santuario queda prohibida: Articulo 3.- matanza, captura o lesi6n de todos 10s mamiferos marinos; a) La b) La o el5ctricos, a s i Articulo 4.- descarga o dep6sitos de materiales contaminantes explosivos como su us0 para l a pesca.. - E l dragado, perforaci6n y o t r a forma de alteraci6n del fondo ael m a r , o construcci6n de algunas estructura diferente a l a s auxiliares de navegacih, est6n prohibidas s i n e l permiso correspondiente de l a Comisi6n Rectora creada por e l presente Decreto. " ( ' Artlculo 5.- Se crea una Comisi6n Rectora del Santuario formada por sendos representantes de la Direcci6n Nacional de Parques, d e l Departamento de Recursos Pesqueros de la Secretaria de Estado de Agricultura, de la Fundaci6n Dominicana Pro-Investigaci6n y Conservaci6n de 10s Recursos Marinos, Inc., del Centro de Investigaciones de Biologia Marina, del Museo Nacional de Historia Natural, de l a Marina de Guerra y por e l Gobernador de Puerto Plata. Articulo 6.a Las Secretarias de Estado de las Fuerzas A r m a d a s y de Agricultura q e d a n encargadas de la ejecuci6n del presente Decreto. DADO en Santo Doming0 de Guzmhn, Distrito Nacional, Capital de la Repiiblica Dominicana, a 10s catorce (14) dias del mes de octubre del azo m i l novecientos ochenta y seis; azo 143O de l a Independencia y 124O de la Restaurac i6n. JOAQUIN BALAGUER Dec. No. -7-86-320 e'stablece que la pesca, captura, confinamiento y comercializaci6n de invertebrados acuZkicos, estard regulada por e l Depaitamento de Recurso$ Pesqueros de la Secretaria de Estado de Agricultura. JOAQUIN BALAGUER esidente de l a Repi&lica Dominicana NUMERO: 1097-86-320 CONSIDERANDO: Que e n la actualidad existe una explotaci6n indiscriminada de especies marinas y de agua dulce con f i n e s ornamentales y artesanales; CONSIDERANDOr Que la RepGblica Dominicana ha aprobado acuerdos internacionales para la protecci6n y conservacibn de especies amenazadasp CONSIDERANDOr Que las especies constituyen parte importante de 10s ciclos biol6gicos y de redes alimenticias en 10s diferentes habitats, cumpliendo funciones para e l equilibrio de 10s ecosistemas acuhticosr CONSIDERANDOt Que es deber del Gobierno Nacional tomar cuantas medidas Sean necesarias para la proteccidn de 10s recursos acuiiticos y terrestresr VISTA la Convenci6n No. 450 del 23 de octubre de 1976 sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestrer VISTO e l Articulo 7 de la Ley de Pesca No. 5914 del 22 de mayo de 1962. a En ejercicio de las atribuciones que me confiere e l Artzculo 55 de la Constituci6n de la RepGblica, dicto e l siguiente D E C R E T 01 Articulo 1.- La pesca, captura, confinamiento y comercializacidn de las especies de peces o invertebrados acuhticos vivos o muertos con fines ornamentales o industriales, estarh regulada por e l Departamento de Recursos Pesqueros de la Secretaria de Estado de Agricultura, e l cual establecerh las especies aptas, tamaiios y cantidad de individuos, as5 como zona, localidades y 6pocas para la recolecci6n de las mismas. Phrrafo.- El Departamento de Recursos Pesqueros de l a Secretarla de Estado de Agricultura, serh e l Gnico organism0 que podrh expedir permiso de explotaci6n de las especies que regula este Decreto. Articulo 2.- Toda violaci6n a 10s t6rminos del presente Decreto Serd castigada con las penas previstas en e l Articulo 47 de la Ley No. 5914 del 22 de mayo de 1962. ..- Articulo 3.- La Secretaria de Estado de Agricultura queda enczirgada de darle cumplimientoal presente Decreto. DILDO en Santo Doming0 de Guzmhn, D i s t r i t o Nacional, Capital de la RepGblica Dominicana, a 10s catorc (14) dias del mes de octubre del aiio m i l novecientos ochenta y seisi aiio 1430 de la Independencia y 124O de la Restauracibn. JDAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona