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Texto de la norma
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143º de la Independencia y 124º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1051-86-274 que encarga al Subsecretario de Estado de Relaciones Exteriores, agrimensor Fabio F. Herrera Cabral, de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1051-86-274
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo Unico.- El agrimensor Fabio F. Herrera Cabral, Subsecretario de Relaciones Exteriores para Política Exterior, queda encargado de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, mientras dure la ausencia en el exteriore de su titular, Doctor Donald J. Reid Cabral.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de octubre del año mil novecientos ochenta y seis; año 143º de la Independencia y 124º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1052-86-275 que nombra al licenciado Inocencio Peña, Administrador del Proyecto Agrario La Cruz de Manzanillo.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1052-86-275
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
I
D E C R E T O t
Articulo Unico.-
E l Lic. Inocencio Pefia, queda designado Administrador del
Proyecto Agrario La
Cruz de Manzanillo,
en sustitucihn del Ing.
Agr6n.
Francisco G i l b e r t 0 Villanueva.
DADO
en Santo Doming0 de Guzmhn,
D i s t r i t o Nacional,
Capital de
l a
RepGblica Dominicana, a 10s cuatro ( 4 ) dias del m e s de octubre del afio m i l
novecientos ochenta y seis! aHo
143O de la Independencia y
124O de l a
Restrrurac idn.
JOAQUIN BALAGUER
Dec. No. 1053-86-276 que concede e l beneficio de la incorporacidn a la
"Fundaci6n Hospital Robert Reid Cabral".
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a Repiiblica Dominicana
NUMERO
1 0 53-86- 2 76
VISTA la Ley No. 520 de fecha 26 de j u l i o de 1920, sobre Asociaciones que
no Tengan por Objeto un Benefici'o Pecuniario, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que m e confiere e l Articulo 55 de l a
Constituci6n de l a RepGblica, dicto e l siguiente
D E C R E T O t
Articulo 1.- Se concede e l beneficio de la incorporaci6n a la "Fundacidn
Hospital R o b e r t Reid Cabral", que tiene su domicilio en l a ciudad de Santo
D d n g o , Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea
celebrada en fecha 30 de junio de 1986.
Articulo 2.- Dicha incorporaci6n serh efectiva tan pronto como l a indicada
asociacidn efectGe e l depdsito y la publicacidn a gue se r e f i e r e e l a r t k u l o 4
de l a Ley No.
520 de fecha 26 de j u l i o de 1920, sobre Asociac+ones que no
Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario.
Articulo 3.- Enviese a l a Procuraduria General de la RepGblica, para 10s
fines correspondientes.
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