Texto de la norma
Dec. No. 222-88 que autoriza a varios ayuntamientos a donar ya vender solares de sus respectivas propiedades.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 222-88
VISTA la Ley No.4381 de fecha 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Dajabón, a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
A) Al señor Federico R. Rickards Olivo, el solar No.8 de la Manzana No.16 del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 364.67 metros cuadrados, por el precio total de CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS PESOS CON 04/100 (RD$4,376.04).
B) A la señora Noris Altagracia Holquín Veras B., el Solar No.5 del Distrito Catastral No.22, con una extensión superficial de 286.70 metros cuadrados, por el precio total de RD$3,225.38 (TRES MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO PESOS CON 38/100).
C) A la señora Cándida Franco de Estévez, el solar No.11 de la Manzana No.14 del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 296.23 metros cuadrados, por el precio total de DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS CON 07/100 (RD$2,666.07).
Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Dajabón, a donar el solar de su propiedad a la Iglesia Evangélica-Misionera Inc., una porción de terreno dentro del solar No.3 de la Manzana NO.6 del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 1,119.38 metros cuadrados, valorada en la suma de DIECISEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA PESOS CON 70/100 (RD$16,790.70).
Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Puerto Plata, a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
A) A1 sefior Federico Finke, una porci6n de terreno dentro de l a Mazana
No.47 del Distrito Catastral No.1,
con una extensidn superficial de 237.50
metros cuadrados, por e l precio t o t a l de RD$11,875.00
(ONCE MIL OCHOCIENTOS
SETENTA Y CINCO PESOS).
B) A1 sefior Juan A.
Amgzquita, una porci6n de terreno dentro del h b i t o
de la porci6n B del Distrito Catastral No.1, con una extensidn superficial de
788.15 metros cuadrados, por e l precio t o t a l de RD$55,170.50
(CINCUENTA Y
CINCO MIL CIENTO SETENTA PESOS C O N , 5 0 / l O O ) .
.c
C) A1 sefior Eugenio E. Capestany Polanco, una porcidn de terreno dentro
del M i t o del solar No.32 de l a Manzana No.174 del Distrito Catastral No.1,
con una e x t e n s i b superficial de 408.61 metros cuadrados, por e l precio t o t a l
de RD$16,344.40 (DIECISEIS MILTRESCIENWS CUARENTA Y CUATRO PESOS CON 40/100).
Artlculo 4.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Puerto Plata, a
donar e l solar de su propiedad a1 sefior Doming0 Cabrera, una porci6n de
terreno dentro del Smbito de la Parcela
230 del Distrito Catastral No.9, con
una extensi6n superficial de 3,326.70 metros cuadrados,
valorada en la suma
de
RD$133,068.00,
en
compensaci6n
por
l a
rescisi6n
del
contrato
de
arrendamiento que existe entre ambas partes.
.c
Artkulo 5.- Se autoriza a1 municipio de Puerto Plata a permutar una
porcidn de terreno de su propiedad dentro de l a Manzana No.92 del Distrito
Catastral No.1,
con una extensidn superficial de 669.73 metros cuadrados,
valorada en CIENTO Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS PESOS RD$133,946.00,
por otra propiedad del sefior Guillenno Jimgnez Mess&, dentro de l a Parcela
No. 246 del Distrito Catastral No. 9, con una extensidn superficial de 2,470.95
metros cuadrados,
valorada en RD$133,431.30
(CIENTO
TREINTA
Y TRES MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y UN PESOS CON 30/100).
Articulo 6.-
Se autoriza a1 Ayuntamiento del rnunicipio de Barahona a
donar e l sohar de su propiedad a1 se3or Heraldo Nolasco SaldaZa, una porcidn
de terreno dentro de l a Parcela No.51,
Distrito Catastral No.2,
con una
extensidn
superficial
de
metros
cuadrados,
valorada
en
FtD$937.00
(NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS).
Se revoca e l Articulo ‘3 del Decreto
-ar
No.337 de fecha 25 de junio de 1987.
i
Articulo 7.- Se autoriza a1 Ayuntamiento del municipio de Moca a vender
el solar de su propiedad a1 seEor Rafael Altagracia Ricardo Irrizari, una
porcidn de terreno dentro del solar No.4
parte de la Manzana k0.122 del
Distrito Catastral No.1,
con una exten+&&
superficial de 233.99 metros
cuadrados, por el precio t o t a l de RD$2,339.90
( W S MIL TRESCIENTOG TREINTA Y
NUEVE CON 90/100).
Se revoca e l &spite 1 del Articulo 2 d e l Decreto No.337
de fecha 25 de junio de 1987.
Artículo 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación:
A) Al señor Henry Sadhalá Jr., una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No.7-C-7-B-2 del Distrito Catastral No.8, con una extensión superficial de 1,222.28 metros cuadrados, por el precio total de RD$30,557.00 (TREINTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS).
B) Al señor Lorenzo Arturo Eli Rodríguez, una porción de terreno dentro del ámbito del solar No.10, de la Manzana 1020, del Distrito Catastral No.1, con una extensión superficial de 841.66 metros cuadrados, por el precio total de RD$11,783.24. Se revoca el Acápite 2 del Artículo 1 del Decreto No.337 de fecha 25 de junio de 1987.
C) A la señora Sarah Sued Recio, una porción de terreno dentro del ámbito del solar municipal 88-A-7 de la Manzana No.22, correspondiente a las Parcelas Nos.213-B-19- y 213-B-12 del Distrito Catastral No.6, con una extensión superficial de 3,895.71 metros cuadrados, por el precio total de RD$90,707.20. Se revoca el Acápite 1 del Artículo 2 del Decreto No.337 de fecha 25 de junio de 1987.
Artículo 9.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago a donar el solar de su propiedad, a la Pía Unión Hermanas Misioneras "Nuestra Señora de la Altagracia", una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No.56 del Distrito Catastral No.8 correspondiente al solar municipal No.2, con una extensión superficial de 2,576.62 metros cuadrados, valorada en RD$38,649.93.
Artículo 10.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de La Vega a donar el solar de su propiedad, al señor León Díaz Paulino, una porción de terreno dentro del ámbito del solar No.106 E. del Distrito Catastral No.11, con una extensión superficial de 305 metros cuadrados, valorado en RD$1,906.25.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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