Texto de la norma
Dec. No. 57-88 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 57-88
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, y sus modificaciones;
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los interesados;
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley;
VISTOS los Artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- La señorita Herma Nolasco Del Rosario, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Therma Nolasco del Rosario.
Artículo 2.- La señorita Milica Bienvenida Mejía Recio, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Milka Bienvenida Mejía Recio.
Artículo 3.- El señor Matilde Jacinto Nolasco De Paula, que autorizado a cambiar su nombre por el Jacinto Nolasco De Paula.
Artículo 4.- El señor Francisco Antonio Luna Aybar, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Julio Luna Aybar.
Artículo 5.- Envíese a la Junta Central Electoral para los fines correspondientes.
Artículo 6.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y ocho, año 144° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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