Texto de la norma
Dec. No. 3333 que concede la nacionalidad dominicana provisional en favor del menor de edad Jose Manuel Antonio
Guzmin Ibarra.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Rephblica Dominicana
NUMERO: 3333
VISTA la instancia que por conduct0 de la Secretaria de Estado de Interior y Policia, ha elevado al
Poder Ejecutivo el seiior Josk Manuel Guzmin Rodriguez, para que le sea concedida la nacionalidad
dominicana provisional a su hijo menor de edad Josi Manuel Antonio Guzmin Ibarra;
VISTOS 10s documentos que acompaiian dicha instancia;
VISTO el Pkrafo I de1 Articulo 26 de la Ley No. 1683, sobre Naturalizacihn, de fecha 16 de abril
de 1948, agregado por la Ley No. 2665, de fecha 3 1 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constiruci6n de la Rephblica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se concede la nacionalidad dominicana provisional en favor del menor de edad Jose
Manuel Antonio Guzmin Ibarra, nacido en Mkxico, D.F., en fecha 28 de julio de 1968, hijo de 10s se-
iiores Jost Manuel Guzmin Rodriguez y Laura Elena Ibarra Ramirez, de nacionalidades dominicana y
mexicana, respectivamente.
Articulo 2.- Enviese a las Secretarias de Estado de lnterior y Policia y de Relaciones Exteriores,
para 10s fines correspondientes.
DADO en Santo Doming0 de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Rep6blica Dominicana, a 10s
diecinueve (19) dias del mes de septiembre del aiio mil novecientos ochenta y cinco; aiio 142O de la
Independencia y 123O de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANCO
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