Texto de la norma
Dec. No. 189-86 que concede el beneficio de la jubilación y les asigna pensiones del Estado a varias personas.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 189-86
VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- Se concede el beneficio de la jubilación a las siguientes personas:
1) Juan Minaya Adames, con una pensión del Estado de doscientos veintinueve pesos con sesenta centavos (RD$229.60) mensuales;
2) Eugenia Valdez Duval, con una pensión del Estado de doscientos cuarenta pesos con cincuentidós centavos (RD$240.52) mesuales;
3) María Magdalena Lajara de Matrille, con una pensión del Estado de doscientos ciencuentiocho pesos con doce centavos (RD$258.12) mensuales;
4) José Mercedes Pérez, con una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales;
5) Juana Antonia García, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales;
6) Doroteo Tiburcio Domínguez, con una pensión del Estado de doscientos sesenticinco pesos con setentidós centavos (RD$265.72) mensuales;
7) Inés María Zayas Montero, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales;
8) Andrés Fermín Vásquez, con una pensión del Estado de doscientos treintiséis pesos con cuarenta centavos (RD$236.40) mensuales;
9) Benedicto Santos Soriano, con una pensión del Estado de doscientos dieciocho pesos con treinta centavos (RD$218.30) mensuales;
10) Félix García Cruz, con una pensión del Estado de doscientos ochenta pesos oro (RD$280.00) mensuales;
11) Altagracia Mercedes Domínguez Arias, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
12) Pedro Esteban Ovando Linares, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
13) Gladys Guzmán Rosario, con una pensión del Estado de cuatrocientos setenticuatro pesos con ochenticinco centavos (RD$474.85) mensuales,
14) Juan Patrio Reyes López, con una pensión del Estado de doscientos sesentidós pesos con veintiún centavos (RD$262.21) mensuales,
15) Hipólito Cohen Holguín, con una pensión del Estado ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
16) Belarminio Ramírez, con un pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
17) Violeta María Martí Díaz, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
18) Enemoroso Batista, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
19) Manuel de Jesús Taveras Castaño, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
20) Francisco Batista, con una pensión del Estado ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
21) Ana Julia Pujols, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
22) Alfredo de Jesús Balcácer Vega con una pensión del Estado de mil ciento veintinueve pesos oro (RD$1,129.00) mensuales,
23) María Argentina Pujols de Cordero con una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales,
24) Rosendo Tavares, con una pensión del Estado de trescientos veintiocho pesos con ochentinueve centavos (RD$328.29) mensuales,
25) Daysi Nuris Quezada de Féliz, con una pensión del Estado de quinientos setentiseis pesos con doce centavos (RD$576.12) mensuales,
26) Sergio Holguín Valentín, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
27) Juan Barreiro, con una pensión del Estado de ciento setenticinco pesos oro (RD$175.00) mensuales,
(*
Articulo
2.-
Dichas pensiones
serzn pagadas
con
cargo a1 Fondo
de
Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado de la Ley de Gastos Piiblicos.
I
DADO
e n
Santo Domingo
de
Guzmhn,
Distrito Nacional,
Capital
de
l a
RepGblica Dominicana,
a 10s once (11) dias del mes de marzo del afio m i l
.
novecientos
ochenta
y
seisr aEo
1 4 3 O de l a Independencia
y 1 2 3 O de la
Restauraci6n.
SALVADOR JORGE BLANCO
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.