Texto de la norma
Dec. No. 575-88 que instituye el 17 de diciembre de cada azo, como "Dza del
Artista Plbstico".
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de l a RepGblica Dominicana
NUMEROr 575-88
CONSIDERANDOt
Que
el arte,
desde
tiempos
inmemoriales,
es
genuina
expresi6n de l a cultura de 10s pueblost
CONSIDERANDO:
Que entre sus diversas manif estaciones, t a l como en 6pocas
diferentes l a ha
venido concibiendo l a especie humana,
ocupan un lugar
preminente las artes pl6sticas, que l e otorga forma y belleza a l a materia
inerte y dGctilt
CONSIDERANDO: Que e l dominicano l e brinda formas admirables a1 barro, a1
yeso y a cuanto es susceptible de ser trabajado por sus manos industriosas y
h6biles t
CONSIDERANDOr Que no pocos de nuestros compatriotas, del pasado y del
presente, han dado demostraciones de pericia y gran sensibilidad en e l cultivo
de las artes plhsticasr
CONSIDERANDOr Que e l 1 7 de diciembre de 1976 fue creada l a Galeria de
A r t e Modern0 y alojada en adecuado edificio, que desde hace doce aiios sirve de
centro a exposiciones artisticas de diversa Zndolet
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artzculo 55 de l a
Constituci6n de l a RepGblica,
D E C R E T 01
Articulo 1.- Se instituye e l 1 7 de diciembre de cada afio, como "Dia del
Ar'tista P16stico. '*
Articulo 2.-
Enviese a las Secretarias de Estado de Interior y Policia y
de Educaci6n, Bellas A r t e s y Cultos, para 10s fines correspondientes.
DADO
en Santo Domingo de Guzmh,
Distrito Nacional,
Capital de l a
RepGblica Dominicana, a 10s diecis6i.s (16) dlas del mes de diciembre del aiio
mil novecientos ochenta y ochor aEo 145O de l a Independencia y 126O de l a
Restaurac i6n.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.