Texto de la norma
y cinco; aiio 142O de la Independencia
?
siete (7) dias del mes de marzo del aiio mil novecientos ochentz
y 122O de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dee. No.2811 que revoca el exequitur para e,Jrcer la profesion de abogai
D expedido mediante Decreto No.3549 del 14
de agosto de 1978, al seiior Luis Felipe Gomez Peralta, aslcomo el exequdtur para ejercer la Notarfa en el Distrito
Nacional, expedido por Decreto No.1762 del 22 de mayo de 1980.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la Repfiblica Dominicana
NUMERO: 2811
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 3549, de fecha 14 de agosto de 1978, se le otorgb
a1 seiibr Luis Felipe G6mez Peralta el exequitur para ejercer la profesi6n de abogado, titulo que habia
obtenido s e g h se hacia constar en la certificacibn expedida por la Universidad Nacional Pedro Henri-
quez Ureiia (UNPHU), en fecha 6 de diciembre de 1976;
CONSIDERANDO: Que asimismo mediante Decreto No. 1762, de fecha 22 de mayo de 1980, se
le otorg6 a dicho seiior exequAtur para ejercer la funci6n de Notario en el Distrito Nacional, que le ha-
bia sido concedida s e g h nombramiento expedido en fecha 3 de octubre de 1979, por la Suprema
CortG de Justicia;
*
VISTA la Certificacih de fecha 11 de enero de 1985, expedida por la Universidad Nacional Pedro
Henriquez Urefia (UNPHU), en la cual se expresa lo siguiente “chmpleme informarle que el sefior Luis
Felipe G6mez Peralta, no present6 Trabajo de Grado en la Escuela de Derecho, por lo que no es egre-
sado de nuestra Universidad”, lo que demuestra que la anterior certificacibn, de fecha 6 de diciembre
de 1976, habia sido obtenida de modo fraudulento;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constituci6n de la Rephblica,
dicto el siguiente
D E C R E T O :
Articulo 1.- Se revoca el exequitur para ejercer la profesibn de abogado expedido mediante Decre-
to No. 3549, de fecha 14 de agosto de 1978, al seiior Luis Felipe G6mez Peralta.
Articulo 2.- Se revoca el exequitur para ejercer la Notaria del Distrito Nacional, expedido median-
te Decreto No. 1762, de fecha 22 de mayo de 1980, al sefior Luis Felipe G6mez Peralta.
Articulo 3.- Enviese a la Procuraduria General de la RepGblica, para 10s fines correspondientes.
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DADO en Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Rephblica Dominicana, a 10s
nueve (9) dias del mes de marzo del ario mil novecientos ochenta y cinco; aiio 1420 de la Independen-
cia y 122O de la Restauracibn.
SALVADOR JORGE BLANCO
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