Dec. No.2766 que modifica el Artículo 5 del Decreto No.2698 del 24 de enero de 1985.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2766
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo Unico. – Se modifica el Artículo 5 del Decreto No.2698, de fecha 24 de enero de 1985, para que rija de la siguiente manera:
"Artículo 5. – Para los agregados y demás materiales de construcción sueltos se cobrará RD$1.40 el metro cúbico al despegue y RD$0.50 el metro cúbico cada kilómetro adicional a la distancia.
Párrafo I. – Para el transporte de hormigón asfáltico, cada metro cúbico se incrementará un 25% la tarifa del presente artículo.
Párrafo II. – Dada la diversidad de factores que inciden en el transporte de los materiales de construcción, en casos especiales las podrán contratar libremente a precios distintos de los señalados en el presente artículo; sin que dichos precios sean menores a la tarifa establecida en el mismo".
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cinco; año 141º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona