Texto de la norma
Dec. No. 2721 que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2721
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
MEDICO:
Marino Salomón Arbaje Tió, José Manuel Valentín Goldar Negrette, William Rafael Desueza Saviñón, Carmen Oliva Bautista, Danilo Radhamés Montero Wagner, Héctor Sucre Ramírez Rodríguez, Eddy Rafael Gómez Reyes, Ismaelina Altagracia de Oleo Perdomo, Carlos Rolando Peña Mercedes, Rafael Antonio Muñoz Gautreaux, Rebeca Elizabeth Fernández Medina, Roberto Santiago González López, Mirtha Isabel Aurora Tatis Tejada, Luis Alejandro George Washington Arturo Esculapio Olivares Caputo, Juan Batista Peña, Irene María Santos Santos, Sención Canario de la Rosa, Nicomedes Veras, Belkis Diana del Rosario Severino Severino, Yuicón Joa N. G., Mártires Santana, José de Jesús
Landesta Ventura, Teófilo Antonio Haché Tavárez, Mario García Ferreras, Milagros Altagracia Carela Penzo, Julio Gustavo Gonell Morel, Juanelo de Jesús Medrano Méndez, Benjamín de Jesús Reyes Matos, Hilda Eridania M. Polanco Castillo, Hipólito José Medina Veloz, Freddy Idelfonso Herrera Medina, Maritza Leonor Martínez Valctte y Ceila Esther Pérez Estrella.
ODONTOLOGO:
Sergio Rodríguez Carmouze, Luis Hernández Abreu, Elba Marieli Guerra Pérez, Lilian Mercedes Perdomo Valdez, Miguel Angel Then Tobal, Rafael Antonio Esparza Páez, Martín Francisco García Villamán, Teófilo Antonio Moreno Duluc, Leonor Altagracia Domínguez, Nayra Altagracia Núñez Peña, Gustavo Antonio Almiñaque Peraza, Francisco Antonio Rodríguez Méndez, Rafael Tomás Flores Cuevas, Julio Carlos Benedicto Peña Estévez, Elisa Genarina Paulino Sierra y Patricia María Gatón Hernández.
BIOANALISTA:
Manuela Aminta Tatis Lugo, Ana Antonia Rosario, Mayra Yvelisse Fernández Matos, Maritza Altagracia Diloné, Nelly Amanda Pérez Espinosa y Alejandrina Polonia Tavárez Hernández.
Artículo 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, al primer (1er.) día del mes de febrero del año mil novecientos ochenta y cinco; año 141º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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