Texto de la norma
Dec. No.2714, que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2714
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 4541, del 22 de septiembre de 1956, que modifica el párrafo del Artículo 6 de la Ley No. 4249, del 13 de agosto de 1955, que hace obligatoria la pasantía profesional de los ingenieros, arquitectos y agrimensores;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.— Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
INGENIERO CIVIL:
Ernesto Jesús Antonio Miñoso González, Juan José Castilla Martín, José Rafael Eduardo Hiciano, Ediberto Méndez Medina, Antonio Langa Ferreira, Félix Juan Acosta Selimán, Iván de Jesús Vitiello Reyes, Luis Antonio David Humeau Hidalgo, Miguel Omar Machuca Ortiz, Yvan Amílcar Montás Portorreal, Rafael Fernández Hernández, William Joseph Harper Saleta e Irisneida Josefina Rodríguez Vera.
INGENIERO QUIMICO:
Luis Manuel Felipe, Celeste Cristina Guerrero Germán, y Míriam Altagracia Gross Castillo.
INGENIERO QUIMICO TECNOLOGO:
Rafael Emilio Ramón Báez.
INGENIERO AGRONOMO:
Víctor Daneri Calderón, Miguel Antonio Martínez Cruz y Graciela Antonia Godoy Mañaná.
INGENIERO CIVIL MECANICO:
Manuel Rafael Bros Vásquez.
INGENIERO QUIMICO METALURGICO:
Pedro Manuel Vásquez Chávez.
INGENIERO MECANICO ELECTRICISTA:
Ylidio Antonio Moquete Méndez, Ramón Antonio Durán Fernández, Juan José Bonilla Reinoso, Cecilio Matos Reyes, Apolinar Rojas Tamares, Rafael Antonio Cuevas Taveras, Williams Ernesto Sifrés Núñez, Nilson Gustavo Sánchez Féliz, Higinio Herrera Jiménez, Miguel Andrés Nicanor Tavárez Peralta, Esmelin Daniel Sánchez, Miguel Federico Miranda Hidalgo, Manuel de Jesús Ramírez Peña, Franklin Rafael Salazar Féliz, Antonio de Jesús Gómez Zapata, Leopoldo Eugenio Michel Matos, Franco
Antonio Luna Castro, Rafael Antonio Hernández Hernández, Ramón Antonio Rivas Cordero y Ramón Eduvigis Castro.
INGENIERO MECANICO:
Pedro Encarnación.
INGENIERO ELECTROMECANICO:
Giovanni Guiseppe Constanzo Santoni, Rafael Ubaldo Sepúlveda Alvarez, Pablo Castillo Rodríguez y Juan Gilberto Rozón Sánchez.
INGENIERO ELECTRICISTA:
Julio César Rivera Lee, Miguel Angel Féliz Quezada, Luis Enrique Olivares Guerrero, Luis Darío Silvestre de la Cruz Consuegra y Jesús Alberto Napoleón.
ARQUITECTO:
Rafael Silvino Rivas Jiménez, Juana Mercedes Gabriela Ovalle Pichardo, Teófilo Rafael Antonio Almonte Pérez, Heriberto Antonio Durán, Diones Adolfo González Castillo, Juan Carlos Ruiz Peralta, Pedro Moisés Viscaíno, Angelita Dinorah González, César Rafael Portes Lora, Inmaculada Lorenza Cristiana Martínez Vásquez e Ivelisse Andrea García Báez.
Artículo 2.- Envíese al Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y cinco; año 141º de la Independencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
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