Texto de la norma
Dec. No.2692, que otorga exequátur a varios profesionales.
SALVADOR JORGE BLANCO
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2692
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales, No.111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones;
VISTA la Ley No.146, sobre Pasantía de Médicos Recién Graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, sus respectivas profesiones, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes:
MEDICO:
Emilia Altagracia Oleaga Hilario, Alexis Idacio Vargas Mercado, Joaquín Francisco de Jesús Negrette Muñoz, Emilton Alexis López Pimentel, Eleazar Pedro Santana Valenzuela, Radhamés Román Reynoso, Ramón Fernando Fernández Martínez, Nuris Argentina de Padua Mercedes, José Rafael Corniel, Nancy Miguelina de Padua Mercedes, José Rafael Corniel, Nancy Miguelina Paniagua Herrera, Pedro Wenceslao Díaz Ruiz, Roxana Arelis de la Mercedes Pockels Pérez, Serafín Antonio Pérez Grullón, Jorgilio Beltré Gálvez, Maritza Altagracia Guzmán Medina, Iris Magnolia Curiel Taveras, Minerva Mañaná Rodríguez, Diana María Elena Alburquerque Ubiera, Bernardo Bienvenido Báez Cuello, Octavio Aparicio Sánchez, Radhamés Martínez Ledesma, Vilma Quírico Pagán, José de Jesús Marmolejos Oliva, Odette Altagracia Camilo Cruz, Belinda Elizabeth Ruiz Gross, Mario Emilio Wynns Veras, Plinio Omar Maceo González, María del Carmen Payano Alvarez, Marcelino de Jesús Ramón Brito Bautista, Cesarina Aurora Polanco Lemoine, Manuel Aladro Antuña, Mary Nery Socorro Josefina Balbi Reyes, José del Carmen Díaz García, Bruno Rafael Hernández Cruz, Teófilo Alcides Noboa Damirón, José Leonidas Benzán Soriano, Flavio de Jesús Soto Jiménez, Alejandro Antonio Paradas Caba, Altagracia Carmen Mejía Terrero, Maritza Ofelia Liranzo Marte, Presentación Guillén Calatayud y Franklin Betances Vargas.
ODONTOLOGO:
Nelson Augusto Bonilla González, Gloria Altagracia Pérez, Rosa Idalia Díaz Vargas, Rosa María Santana Celado, Juan José Rafael Espaillat Ortiz, Héctor Luis Rafael Mercedes Concepción, Valeria Sabater González, Esteban Romano García, Milagros de la Altagracia Vásquez Ubiera, María Nely Méndez Castro, Balbina Virginia Adela Peynado Castillo, Carmen Janet Valenzuela Féliz y Andrea Berroa Hernández.
PSICOLOGO:
Georgina del Carmen Rodríguez Peña.
Artículo 2.- Envíese a las Secretarías de Estado de Salud Pública y Asistencia Social y de Educación, Bellas Artes y Cultos, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año mil novecientos ochenta y cinco; año 141° de la Inde-
pendencia y 122º de la Restauración.
SALVADOR JORGE BLANCO
Dec. No.2693, dispone que los valores del Fondo de Estabilización Cambiaria a que se refiere el Ordinal Tercero de la Sexta Resolución de la Junta Monetaria, de fecha 23 de enero de 1985, serán depositados en una cuenta especial en el Banco Central a favor de la Tesorería Nacional, para ser manejados de acuerdo a los mecanismos que se establezcan.
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