Texto de la norma
Dec. No. 263-88 que autoriza una impresión de sellos para documentos.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 263-88
VISTA la Ley No.2461, sobre Especies Timbradas del 18 de julio de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República.
DECRETO:
Artículo 1.- Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
3,000,000 (TRES MILLONES) de sellos del tipo de RD$0.50 numerados del 001 al 3000000, color azul claro, en papel especial, engomado, con fibras de seda, en azul y rojo, de 50 libras.
5,000,000 (CINCO MILLONES) de sellos del tipo de RD$1.00 numerados del 3000001 al 8000000, de color verde claro, en papel especial, engomado, con fibras de seda, en azul y rojo, de 50 libras.
3,000,000 (TRES MILLONES) de sellos del tipo de RD$2.00 numerados del 2500001 al 5500000 color sepia, en papel especial, engomado con fibras de seda en azul y rojo, de 50 libras.
Artículo 2.- La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño de las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho, año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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