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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 219-88

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS VENDER SOLARES DE SUS RESPECTIVAS PROPIEDADES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 may de 1988fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9734Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 219-88 que autoriza a varios ayuntamientos vender solares de sus respectivas propiedades. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 219-88 VISTA la Ley No.4381 de fecha 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577 de fecha 14 de julio de 1961, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. DECRETO, Artículo 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación: - Al señor Manuel Arsenio Ureña, C. por A., una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela No.7-C-7-B-4 del Distrito Catastral No.8, con una área de 2,019.98 metros cuadrados, por el precio total de RD$70,699.30. - Al señor Ramón Librado Guzmán Méndez, una porción de terreno ubicada dentro de la Parcela No.6-B del Distrito Catastral No.8, con un área de 153.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$1,836.00. - A los señores Dario Antonio Núñez y Cecilia Magdalena Cerda de Núñez, el solar No.8 de la Manzana No.293 del Distrito Castatral No.l con un área de 331.22 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,968.30. - A la señora Fe Esperanza M. Madera de Fermín, el solar No.205 de la porción "A" del Distrito Catastral No.l (correspondiente al solar municipal No.399-B de la Manzana No.22 del Distrito Catrastral No.l) con un área de 126.00 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,040.00. - Al señor José Luís Jáquez Pinales, el solar No.ll de la Manzana No.793 del Distrito Catastral No.l, con un área de 184.96 metros cuadrados, por el precio total de RD$5,780.00. Artículo 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana a vender un solar de su propiedad al Dr. Luís Enrique Cabrera Santana, el solar No.16-A de la Manzana No.32 del Distrito Catastral No.l, con un área de 276.27 metros cuadrados, por el precio total de RD$4,144.05. Artículo 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Monción aceptar en donación de la Industria Madera, C. x A. una porción de terreno ubicada en la Parcela No.l del Distrito Catastral No.2 con un área de 127,177.00 metros cuadrados. Artículo 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Azua a vender dos porciones de terreno al señor Federico Tejeda Ramírez, dentro del ámbito de la Parcela No.96-D, del Distrito Catastral No.8 correspondiente a la Sección de Pueblo Viejo, con un área de 158 tareas, por el precio de RD$31,620.00. Artículo 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Distrito Municipal de José Contreras a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación: - Al señor Juan De la Cruz Rodríguez, la Parcela No.1-938 del Distrito Catastral No.5, con un área de 145.09 metros cuadrados, por el precio de RD$1,741.08. - Al señor José Amado Guzmán González, la Parcela NO.1-970-A, del Distrito Catastral No.5, con un área de 268.31 metros cuadrados, por el precio de RD$2,683.10. - Al señor Fausto Bencosme, la Parcela No.1-940 del Distrito Catastral No.5, con área de 154.88 metros cuadrados, por el precio de RD$1,858.56. - Al señor Lorenzo García, una porción de terreno dentro del ámbito de la Parcela No.1-989 del Distrito Catastral No.5, con un área de 109.04 metros cuadrados, por el prrecio de RD$872.32. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos (2) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona