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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 173-89

que crea e integra una Comisión Especial encargada del estudio y evaluación del Sistema Tributario Dominicano

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
4 may de 1989fecha
Designacióntipo
G. O. 9759Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 173-89 que crea e integra una Comisión Especial encargada del estudio y evaluación del Sistema Tributario Dominicano. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 173-89 CONSIDERANDO: Que es interés del Gobierno Nacional ampliar las bases sobre las cuales se conforma el crecimiento económico dominicano; CONSIDERANDO: Que tras ese objetivo, se dirigen las iniciativas que lleva a cabo la actual administración, en las áreas de la infraestructura básica, la orientación y estímulo a la inversión privada local e internacional, y la modernización de los mecanismos burocráticos estatales; CONSIDERANDO: Que uno de los elementos para alcanzar estos propósitos, es la dotación de un sistema tributario armónico, acorde con las necesidades presentes y futuras de nuestra economía. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo 1.- Se designa una Comisión Especial de Trabajo, integrada por el Secretario de Estado de Finanzas, quien la presidirá; el Director General del Impuesto sobre la Renta; el Director General de Rentas Internas; el Director General de Aduanas; el Director General de Presupuesto; el Director General de Exoneraciones; y tres (3) expertos fiscales independientes, seleccionados por el Poder Ejecutivo, que tendrá a su cargo el estudio y evaluación del Sistema Tributario Dominicano, con el objeto de elaborar un Plan Maestro de Reforma Tributaria, el cual deberá ser presentado al Poder Ejecutivo, en el menor tiempo posible. Párrafo.- Dicha comisión podrá recabar asesoría internacional de la Organización de los Estados Americanos y de las Naciones Unidas, por medio de sus organismos, el Centro Interamericano de Administración Tributaria y el Centro Interaméricano de Estudios Tributarios. Artículo 2.- El Poder Ejecutivo, previo estudio y aprobación del referido Plan Maestro, procederá a someterlo a la consideración del Congreso Nacional, para la sanción final correspondiente. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro (4) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y nueve; año 146° de la Independencia y 126° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona