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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 294-88

QUE AGREGA UN PARRAFO AL ART. 1RO. DEL DECRETO NO. 512-87 DEL 29 DE SEPTIEMBRE DE 1987.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 jun de 1988fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 9738Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.294-88 que agrega un párrafo al Art. 1ro. del Decreto No. 512-87 del 29 de septiembre de 1987. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 294-88 CONSIDERANDO: Que es necesario ejercer un control más efectivo sobre el cobro por legalización de la documentación consular que ampara las importaciones; VISTA la Ley No. 3963, de fecha 7 de noviembre de 1954, sobre Facturas Consulares; VISTA la Ley No. 13, de fecha 9 de septiembre de 1970, sobre Derechos Consulares; VISTO el Decreto No. 512-87, de fecha 29 de septiembre de 1987, que autoriza el cobro de valores por legalización de Facturas Consulares; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. DECRETO: Artículo Unico.- Se agrega el siguiente Párrafo al Art. 2, Acápites a) y b), del Decreto No. 512-87, de fecha 29 de septiembre de 1987: Párrafo .- Asimismo la Dirección General de Aduanas a través de las Colecturías del país, procederá al cobro del equivalente en pesos dominicanos, del valor que corresponde a la legalización de las Facturas Consulares que amparen toda importación que arribue a puertos dominicanos sin haber cumplido con los requisitos establecidos en el presente artículo, no pudiendo éstos sustituirse por una carta-juramento. 1) Cuando los artículos consignados en la Factura Consular alcancen un valor que no sobrepase los US$1,000.00.......US$34.00 (su equivalente en pesos dominicanos) 2) Cuando los artículos consignados en la Factura Consular alcancen un valor superior a los US$1,000.00............US$82.00 (su equivalente en pesos dominicanos) DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y ocho, año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona