miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 389-87

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 jul de 1987fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9715Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 389-87 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 389-87 VISTA la Ley No. 520 de fecha 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: a) "Confederación Internacional por los Derechos Humanos y Cristianos", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 21 de mayo de 1987. b) "Asociación de Consolidadores de Carga", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 1ro. de agosto de 1984. c) "Asociación de Dueños de Compra Venta de La Romana", que tiene su domicilio en el municipio de La Romana, provincia de la Romana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de mayo de 1987. d) "Iglesia Misionera Pentecostal Ríos de Agua Viva", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de enero de 1987. e) "Asociación Nuestra Señora de la Altagracia", que tiene su domicilio en Las Matas de Farfán, provincia de San Juan de la Maguana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de enero de 1987. f) "Asociación de Líneas Aéreas de la República Dominicana", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de abril de 1987. g) "Asociación de Ganaderos de Peñuela (ASOGAPE)", que tiene su domicilio en el municipio de Esperanza, provincia Valverde y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 20 de abril de 1985. h) "Iglesia Pentecostal Monte de los Olivos de la República Dominicana", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 13 de mayo de 1987. i) "Iglesia de Dios Misionera la Elegida", que tiene su domicilio en el municipio de Haina, provincia de San Cristóbal, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 5 de enero de 1986. j) "Club Cultural y Deportivo el Progreso", que tiene su domicilio en la sección de Doña Ana, provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 6 de enero de 1987. k) "Iglesia Evangélica Pentecostal Cruzada Misionera", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 24 de octubre de 1986. l) "Club Naútico Puerto Plata", que tiene su domicilio en la ciudad de Puerto Plata y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 de marzo de 1987. m) "Patronato Nacional de Ayuda al Necesitado", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 13 de diciembre de 1986. Articulo 2. - Dichas incorporaciones serdn efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectfien e l dep6sito y l a publicaci6n a que se r e f i e r e e l Articulo 4 de l a Ley N o . 520 sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Benef icio Pecuniario. Articulo 3.- Enviese a la Procuraduria General de l a Repfiblica, para 10s fines correspondientes. DADO en Santo Doming0 de Guzmdn, Distrito Nacional, Capital de l a RepGblica Domi&&ana, d 10s t r e i n t a (30) dlas del m e s de j u l i o del aSo m i l novecientos ochenta y sieter a5o 1 4 4 O de l a Independencia y 124O de l a RestauraciBn. 1'' / JOAQUIN BALAGUER . ,/ $ : : 1 1 - que autoriza a varios extranjeros a adquirir-uebles. * c JOAQUIN BALAGUER Presidente de l a Repfiblica Dominicana NUMEROr 390-87 VISTAS l a s solicitudes que por conduct0 de l a Secretaria de Estado de Interior y Policia, han elevado a1 Poder Ejecutivo l a s personas detalladas en l a parte dispositiva del presente Decretor VISTO e l Decreto N o . 2543 de fecha 22 de marzo de 1945, sobre Adquisici6n de Inmuebles por Extranjeros, modificado por e l Decreto No. 860, de fecha 8 de marzo de 19831 En ejercicio de las atribuciones que me confiere e l Articu1.0 55 de l a Constitucidn de l a RepGblica, dicto e l siguiente L D E C R E T O I Articulo 1.- Se autoriza a l a s personas detalladas a continuacihn, para que en su calidad de extranjeros, puedan adqyirir 10s inmuebles qye se describen, por 10s precios que se consignan: J a) A la secora Darla Nadine Quarles, para que adquiera por e l brecio total de RD$20,000.00 (VEINTE MIL PESOS mMINICANOS), de l a Dra. Elba Santana de Santoni, una porci6n de terreno con un drea de 17.30.6 tareas, dentro de l a parcela No. 3911 del D i s t r i t o Catastral No. 7, del municipio de Sdnchez. J b) A 1 sezor Lewis A. Depasquale, para que adquiera por e l precio t o t a l de RD$76,000.00 (SEThTA Y SEIS MIL PESOS DOMINICANOS), de l a . sefiora Lilian Altagracia D e Lemos de Diaz, una porcihn de terreno con drea de 69.68 tareas, dentro de l a parcela No. 222 - Parte, del Distrito Catastral N o . 3, del mnicipio de Puerto Plata. I

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona