Texto de la norma
Dec. No. 372-87 que autoriza la impresión de 500 mil tarjetas de turistas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 372-87
CONSIDERANDO: Que en razón de que el modelo de tarjeta de turistas vigente ha sido objeto de numerosas falsificaciones, se hace necesario un nuevo diseño de las mismas a fin de dotarlas de una mayor seguridad;
CONSIDERANDO: Que es necesario el diseño de una tarjeta de turista que la haga más cómoda y práctica para el usuario;
VISTA la Ley No. 199 de fecha 9 de mayo del año 1966, sobre el uso de la Tarjeta de Turista, y sus modificaciones;
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461 de fecha 18 de julio de 1950,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo Unico.- Se autoriza la impresión de quinientas mil (500,000) tarjetas de turistas, del valor de cinco pesos oro o su equivalente en moneda extranjera, cada una. Estas tarjetas estarán numeradas del 001 al 500,000 con el siguiente diseño: tendrá forma rectangular y sus dimensiones serán de 280xlllmm, dividida en dos secciones: la primera sección consta de tres recuadros: un primer cuadro de ll0 x 10 mm., en el que arriba y a la izquierda en letras grandes dirá Secretaría de Estado de Finanzas y debajo República Dominicana; un segundo recuadro de lll x 15 mm., en el que se lee arriba y a la derecha en letras pequeñas el valor, a la misma altura y a la izquierda en letras pequeñas aparece el número de entradas (7 dígitos), en el centro y en letras grandes se leerá TARJETA DE TURISTA, y debajo en letras grandes también dirá Bienvenido a la República Dominicana; al tercer recuadro en el que se obtendrá la información deseada, está encabezado por una línea en la que se leerá: llénese firmemente en letras de molde, de inmediato se leerá en el siguiente orden: l. nombres; 2. apellidos; 3. fecha de nacimiento; 4. lugar de nacimiento; 5. nacionalidad; 6. sexo: M o F, con sus casillas correspondientes para dar la respuesta; 7. ocupación; 8. estado civil: soltero o casado, con sus casillas correspondientes para señalar; 9. dirección permanente: ciudad, estado y país; 10. dirección en República Dominicana; ll. puerto de embarque, vuelo, número; 12. motivo del viaje: recreo, negocios, congresos-conferencia, otro, seguido de su casilla correspondiente: especifique (motivo); l3. número de pasaporte: 14. fecha, firma (del turista), inspector de migración (para su firma). Esta sección termina con una línea intermitente perforada para ser desprendida. En la segunda sección de dicha tarjeta, compuesta al igual que la primera de tres recuadros: en el primero de lll x 15 mm., se lee en letras pequeñas de color rojo a la derecha conserve este talón para su salida, inmediatamente a la izquierda se lee el número de salida, luego en letras y debajo Secretaría de Estado de Finanzas y en letras pequeñas debajo República Dominicana; encabezando el segundo recuadro en letras pequeñas se leerá información de salida y más abajo en el siguiente orden: l. nombres; 2. apellidos; 2. fecha de nacimiento; 4. lugar de nacimiento; 5. nacionalidad; 6. sexo: M o F, con sus casillas correspondientes para dar la respuesta; 7. ocupación; 8 estado civil: soltero o casado con sus casillas correspondientes para señalar; 9. dirección permanente: ciudad, estado y país; 10. dirección en la República Dominicana. El tercer recuadro con una dimensión de 100 x 35 mm., arriba y a la izquierda dirá: sólo para uso oficial; más abajo, y a la izquierda se leerá: vea el reverso.
Al dorso tendrá un aviso al turista. El texto de la tarjeta aparecerá en español e inglés. Será de color blanco con letras negras, y llevará en el centro el escudo nacional tramado.
El presente decreto sustituye y deja sin efecto el Decreto No. 1978 del 17 de septiembre de 1980 y cualquier otro que le sea contrario.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de julio del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.