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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 298-88

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 jun de 1988fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 9738Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 298-88 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones. JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 298-88 VISTA la Ley No. 520 del día 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario, y sus modificaciones, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, DECRETO: Artículo 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones: 1.- Iglesia Cristiana del Ministerio Vino Nuevo, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 13 de noviembre de 1987. 2.- Fundación Contra el Hambre, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 5 de noviembre de 1980. 3.- Asociación Club de Tiro "Las Américas", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 2 de noviembre de 1987. 4.- Asociación de Profesionales de la Ingeniería de San Cristóbal (API), que tiene su domicilio en la Provincia de San Cristóbal y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 de julio de 1986. 5.- Asociación Confraternidad de Pastores e Inglesias de Villa Duarte y Sectores Aledaños, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 de diciembre de 1987. 6.- Asociación Cristiana "Fuente de Poder", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 22 de diciembre de 1986. 7.- Banco Otorpédico Santo Domingo, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 20 de diciembre de 1987. 8.- Asociación Nacional de Productores Avícolas Pequeños y Mediados (ANAPROAVI), que tiene su domicilio en la Provincia de La Vega y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 16 de diciembre de 1987. 9.- Iglesia Cristiana Pentecostal Movimiento Las Maravillas "El Exodo", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 28 de mayo de 1987. 10.- Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos (ANADIVE), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 12 de noviembre de 1987. 11.- Acción Misionera Iglesia de Dios, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 13 de marzo de 1988. 12.- Asociación Cristiana para la Promoción de la Salud Integral (ACPSI), que tiene su domicilio en la Provincia de San Juan de la Maguana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 23 de enero de 1988. 13.- Asociación Ministerio Evangelístico "La Voz del Fin", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 25 de diciembre de 1987. 14.- Asociación Ministerio Evangelístico Cristo "El Rey Viene", que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 20 de enero de 1988. 15.- Iglesia Bautista Getsemaní, que tiene su domicilio en el Municipio de Guaymate, Provincia La Romana y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 30 de octubre de 1987. 16.- Consejo Nacional de Exportadores de Ropa de la República Dominicana (CONERD), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 15 de noviembre de 1987. 17.- Fundación Alrededor de Todo (FAT), que tiene su domicilio en el Municipio de Moca, Provincia Espaillat y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día lro. de febrero de 1988. 18.- Centro de Estudios en Salud (CEDESA), que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada el día 14 de marzo de 1988. Artículo 2.- Queda aprobada la modificación de estatutos de la siguiente asociación: 1.- Asociación Madre y Amiga de los Pobres, que tiene su domicilio en la ciudad de Santo Domingo y cuya modificación de estatutos fue aprobada en asamblea celebrada el día 6 de marzo de 1988. Artículo 3.- Dichas incorporaciones y modificaciones de estatutos serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones efectúen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No. 520 del día 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no Tengan por Objeto un Beneficio Pecuniario. Artículo 4.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona