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Decreto

Decreto 283-88

que reconoce y aprueba el Comité Pro-Banco de Reservas de la República Dominicana en el Estado de New York, Estados Unidos de América

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 jun de 1988fecha
Otrostipo
G. O. 9737Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No.283-88 que reconoce y aprueba el Comité Pro-Banco de Reservas de la República Dominicana en el Estado de New York, Estados Unidos de América.- JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO: 283-88 CONSIDERANDO el alto interés de los dominicanos residentes en [domicilio omitido], que les permita el envío por canales confiables de las ayudas periódicas a su familiares en el país, CONSIDERANDO: Que es deber del Gobierno Nacional brindar su apoyo a todas las actividades encaminadas a lograr dicho objetivo, En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. DECRETO: Artículo 1.- Se reconoce y aprueba el Comité Pro Banco de Reservas de la República Dominicana en el Estado de New York, integrado por los señores Juan L. Jiménez. Presidente, Gladys Pérez, Secretaria General, Ing. Duany F. Lantigua, Secretario de Organización, José Lanfranco, Primer Vicepresidente, Rafael Estévez, Segundo Vicepresidente, Doris Rodríguez, Dr. José A. Quezada, Lic. Joaquín Ricardo. Ing. Rafael A. Chahede, Asesores. Prof. Ana Monción, Luz Hernández, Rafael Faña, Celeste Frías, Conny Rodríguez, Normandía Maldonado, Mohandas Budhai, Lic. José del Rosario, Julio P. Amaro, Olga Bobea, Dulce Hernández. Antrop. Luís Vidal Pérez, Angel Vargas y María García, Miembros. Artículo 2.- Dicho Comité tiene carácter honorífico y transitorio y su objetivo principal es la realización de actividades encaminadas a obtener el apoyo de la comunidad dominicana residente en [domicilio omitido]. para la instalación de sucursales del Banco de Reservas de la República Dominicana en dicho Estado. Artículo 3.- El Comité no deberá interferir en las diligencias oficiales que realicen los representantes del Banco de Reservas de la República Dominicana por ante las autoridades monetarias del Estado de New Yok, para la obtención de los permisos correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona