Texto de la norma
Dec. No. 372-88 que concede el beneficio del indulto al Lic. Rafael Flores Estrella.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 372-88
CONSIDERANDO: Que el 16 de agosto es una de las más relevantes fechas conmemorativas de la Nación;
CONSIDERANDO: Que el legislador constituyente, para honrar la heroica gesta que en un día como éste le restituyó su plena soberanía al pueblo dominicano, invistió al Poder Ejecutivo de la facultad de conceder indulto, total o parcial, puro y simple o condicional, los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año, cuando el comportamiento del infractor lo haga acreedor a ese beneficio;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República,
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede el beneficio del indulto por el tiempo de las penas pendientes de cumplir, con efectividad el día 16 de agosto de 1988, al Lic. Rafael Flores Estrella, de la Cárcel Pública del Ensanche La Fé, de esta ciudad.
Artículo 2.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y ocho; año 145° de la Independencia y 125° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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