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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 355

QUE APRUEBA NOMBRAMIENTOS DE MIEMBROS DE CONSEJOS DE GUERRA DE LA POLICIA NACIONAL

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 dic de 1963fecha
Designacióntipo
G. O. 8822Gaceta Oficial del 31 dic de 1963
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 355, que aprueba nombramientos de miembros de Consejos de Guerra de la Policía Nacional. G. O. No. 8822, del 31 de diciembre de 1963 República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO: 355 VISTA la Ley No. 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, de fecha 13 de febrero de 1955, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.- Se aprueban los nombramientos de los Miembros de los Consejos de Guerra de Primer y Segundo Grado, que se indican a continuación: a) El Capitán Abraham Victoria y José, P.N., como Juez del Consejo de Guerra de Segundo Grado de la Policía Nacional, en el Departamento Norte, con asiento en Santiago, en sustitución del Capitán Juan Bautista Cruz Olivo, P.N. b) El Capitán Dr. Manuel Gregorio Reyes Monsanto, P.N., como Fiscal del Consejo de Guerra de Primer Grado de la Policía Nacional, en el Departamento Noroeste, con asiento en Monte Cristy, en sustitución del Capitán Dr. César Augusto Cornielle Carrasco, P.N. c) El Capitán Dr. César Augusto Cornielle Carrasco, P.N., como Juez del Consejo de Guerra de Segundo Grado de la Policía Nacional, en el Departamento Central, con asiento en Santo Domingo, en sustitución del Capitán Dr. José Ernesto Ricourt Regús, P.N., y d) El Segundo Teniente Virgilio Antonio Liriano Batista, P.N., como Juez Secretario del Consejo de Guerra de Primer Grado de la Policía Nacional, en el Departamento Nordeste, con asiento en San Francisco de Macoris, en sustitución del Segundo Teniente Julián García Lantigua, P.N. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 21 días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración. Emilio de los Santos Ramón Tapia Espinal Manuel E. Tavares Espaillat

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona