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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 349-BIS

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DEL INDULTO AL RECLUSO JOSE TORIBIO DURAN

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 dic de 1963fecha
Indultotipo
G. O. 8822Gaceta Oficial
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 349-Bis, que concede el beneficio del Indusito al recluso José Toribio Durán. G. C. No. 8823, del 5 de enero de 1964 República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO: 349-Bis En ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 55, inciso 26, de la Constitución de la República, de conceder indul- to total o parcial, puro y simple o condicional, en los días 27 de Febrero, 16 de Agosto y 23 de Diciembre de cada año, y en casos especiales, en otras fechas que las anteriormente indicadas, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede el beneficio del indulto, por el tiempo de la pena pendiente de cumplir, a José Toribio Durán, de la Penitenciaría Nacional de La Victoria. Art. 2.— Si el beneficiario del indulto concedido por el presente Decreto, antes del cumplimiento del tiempo de su pena y a juicio del Secretario de Estado de Justicia, comete actos de mala conducta, demostrando así que no es merecedor de la generosa medida con que se le favorece, ingresará de nuevo en el establecimiento penitenciario correspondiente por una orden del Procurador General de la República, donde permanecerá hasta el cumplimiento de su pena, reputándose que no ha sido indultado. Art. 3.— El Secretario de Estado de Justicia y el Procurador General de la República quedan encargados del cumplimiento de este Decreto. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración. Emilio de los Santos Ramón Tapia Espinal Manuel E. Tavares Espaillat

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona