Decreto No. 321, que concede sendas pensiones del Estado a los señores Miguel Angel Peguero hijo, Dulis Michel Alvarez, José Martínez y Ladislao E. Martínez Leroux.
G. O. No. 8818, del 21 de diciembre de 1963
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 321
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y asigna sendas pensiones del Estado a las siguientes personas:
a) Al señor Miguel Angel Peguero hijo una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
b) Al señor Dulis Michel Alvarez una pensión del Estado de ciento setenta y cinco pesos oro (RD$175.00) mensuales;
c) Al señor José Martínez una pensión del Estado de ochenticinco pesos oro (RD$85.00) mensuales; y
d) Al señor Ladislao E. Martínez Leroux una pensión de ciento veinticinco pesos oro (RD$125.00) mensuales.
Art. 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración.
Emilio de los Santos
Ramón Tapia Espinal
Manuel E. Tavares Espaillat
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona