Decreto No. 303, que concede franquicia postal y telegráfica por el término de dos años al Patronato de Lucha contra la Lepra.
G. O. No. 8818, del 21 de diciembre de 1963
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 303
VISTA la solicitud elevada por el Patronato de Lucha contra la Lepra, de fecha 25 de noviembre de 1963;
VISTA la Ley de Comunicaciones Postales No. 40 de fecha 4 de noviembre de 1963;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede franquicia postal y telegráfica, por el término de dos años, al Patronato de Lucha contra la Lepra, domiciliado en [domicilio omitido].
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración.
Emilio de los Santos
Ramón Tapia Espinal
Manuel E. Tavares Espaillat
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona