Decreto No. 208, que jubila con pensión del Estado a la señora Adelaida Bodden Herrera.
G. O. No. 8809, del 23 de noviembre de 1963
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 208
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución del 16 de septiembre de 1962, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado de cincuentiún pesos oro (RD$51.00) mensuales, a la señora Adelaida Bodden Herrera.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de noviembre
de mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración.
Emilio de los Santos
Ramón Tapia Espinal
Manuel E. Tavares Espaillat
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona