Decreto No. 154, que restablece la jubilación concedida al Lic. César A. Canó F. mediante Decreto No. 8510, del 17 de agosto de 1962.
G. O. No. 8804, del 9 de noviembre de 1963
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 154
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 55 de la Constitución del 16 de septiembre de 1962, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Queda restablecida la jubilación concedida al Lic. César A. Canó F. mediante Decreto No. 8510, del 17 de agosto de 1962, y se asigna a dicho señor una pensión del Estado de trescientos sesenta pesos oro (RD$360.00) mensuales.
Art. 2.- Queda derogado el Decreto No. 67, de fecha 21 de marzo de 1963.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de octubre del
mil novecientos sesenta y tres; años 120o. de la Independencia y 101o. de la Restauración.
Emilio de los Santos
Ramón Tapia Espinal
Manuel E. Tavares Espaillat
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona