Dec. No. 245-87 que integra nuevamente la Comisión encargada de regularizar el abastecimiento normal del mercado doméstico del algodón.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 245-87
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se modifica el artículo unico del Decreto No.301 de fecha 29 de septiembre de 1982, para que diga de la siguiente manera:
"Art. 1.- La Comisión creada por el Decreto No.1846, de fecha 23 de marzo de 1976, estará compuesta en lo adelante: por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, quien la presidirá; el Director General de Aduanas; un representante de la Asociación de Industrias de la República Dominicana; un representante de la Asociación Nacional de Importadores; y un representante de la Asociación Dominicana de Industria Textiles, Inc".
Artículo 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, para los fines correspondiente.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona