Texto de la norma
Dec. No. 197-87 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 197-87
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva del presente Decreto, habían sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar los procedimientos que para cambios de nombres, establece la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944 y sus modificaciones.
CONSIDERANDO: Que la Junta Central Electoral, ha informado no haber recibido dentro del plazo legal, ningún acto de oposición a las solicitudes formuladas en tal sentido por los siguientes interesados,
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades requeridas por la Ley,
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O:
Artículo 1.- El señor Juan Bautista Sánchez Alfonso, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Agustín Sánchez Alfonso.
Artículo 2.- La señora Silvia Marina Infante, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Libia Marina Infante.
Artículo 3.- El señor Carmen de Jesús Andelíz, queda autorizado a cambiar su nombre por el de José de Jesús Andelíz.
Artículo 4.- El señor Gatón Henríquez Meléndez, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Agapito Henríquez Meléndez.
Artículo 5.- La señorita Evangelista Cedano Cedano, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Carmen Cedano Cedano.
Artículo 6.- Envíese a la Junta Central Electoral, para los fines correspondientes.
Artículo 7.- El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación Nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince (15) días del mes de abril del año mil novecientos ochenta y siete; año 144° de la Independencia y 124° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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