Texto de la norma
Dec. No. 188-87 que concede naturalización dominicana a varias personas.
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 188-87
VISTAS las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, los señores cuyos nombres figuran en el presente Decreto,
VISTOS los documentos que acompañan dichas instancias,
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Artículo 1.- Se concede la naturalización dominicana a las siguientes personas:
a) Al Señor José Antonio Esquivel Barrenechea, de nacionalidad cubana,
b) Al Señor Juan Antonio Morales Puerta, de nacionalidad española,
Artículo 2.- Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario.
Artículo 3.- Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmsn, Distrito Nacional, Capital de la
RepGblica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de abril del aiio mil
novecientos ochenta y sietet aiio 1440 de la Independencia y 124O de la
Restauracidn.
JOAQUIN BALAGUER
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Dec; No.189-87 que autoriza el us0 de farjeta de t=rismo
para viajar a
territorio ddnicano, a 10s residentes legales en Venezuela, cualquiera que
fuere su nacionalidad.
I
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la RepGblica Dominicana
NUMEROr 189-87
VISTA la Ley No. 199 de fecha 9 de mayo de 1966, que establece el us0 de
la Tarjeta de Turismo, modificada por la Ley No. 67, de fecha 30 de noviembre
de 1966.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artkulo 55 de la
Constituci6n de la RepGblica, dicto el siguiente
D E C R E T 01
A
Articulo Unico.- Se autoriza el us0 de tarjeta de' turismo para viajar a
territorio daminicano, a 10s residentes legales en Venezuela , cualquiera que
fuere su nacionalidad.
DADO en Santo Domingo de Guzmgn, Distrito Nacional, Capital de la
RepGblica Dominicana, a 10s quince (15) dias del 'mes de abril d e l afio mil
novecientos ochenta y sieter afio 144O de la Independencia y 124O de la
RestauraciBn .
JOAQU IN BALAGUER '.-s,--
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